Lepina
Diario Oficial
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ORGANO LEGISLATIVO
DECRETO No. 839
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 34 de la Constitución de la República, reconoce el derecho que toda niña, niño y adolescente, tiene a vivir en condiciones
familiares y ambientales que le permitan su desarrollo integral, para lo cual tendrá la protección del Estado,estableciendo además, que la
Ley determinará los deberes del Estado y creará las instituciones para la protección de la maternidad y de la infancia.
II. Que de acuerdo con el artículo 35 de la misma, es un deber del Estado proteger la salud física, mental y moral de las niñas, niños y adolescentes,
y garantizar el derecho de éstos a la educación y a la asistencia, con la salvedad del Régimen Jurídico aque se refiere.
III. Que conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por la República de El Salvador el 27 de abril de 1990, los Estados
partes respetarán los derechos enunciados en ella, y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción sin distinción alguna,
independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otraíndole, el origen nacional, étnico o social,
la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes
legales; comprometiéndose a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos
y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de élante la Ley, tomando para ese fin, todas las medidas legislativas
y administrativas adecuadas.
IV. Que las niñas, niños y adolescentes, nacen e inician su vida como seres completamente dependientes y sujetos plenos de derechos, constituyéndose
como el sector más vulnerable de la sociedad, ya que el cambio de ésta, así como las medidas legislativas que el Estado toma,
tienen mayoresrepercusiones en ellos que sobre cualquier otro grupo de la sociedad, en razón de lo cual se vuelve conveniente emitir
una Ley que los proteja de manera integral, ya que es obligación del Estado, brindar la seguridad y certeza jurídica que toda niña, niño y
adolescente necesita para su pleno desarrollo.
POR TANTO,
En uso de sus facultades constitucionales, a iniciativa del Presidente de la República pormedio de la Ministra de Educación, y con el apoyo de
los Diputados: Rubén Orellana Mendoza, José Antonio Almendáriz Rivas, Zoila Beatriz Quijada Solís, Alex René Aguirre Guevara, Rubén Antonio
Álvarez Fuentes, Herberth Néstor Menjívar Amaya, Irma Segunda Amaya Echeverría, Ernesto Antonio Angulo Milla, Federico Guillermo Ávila
Qüehl, Fernando Alberto José Ávila Quetglas, Fredi Javier BenítezMolina, Blanca Flor América Bonilla Bonilla, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón,
Oscar Enrique Carrero, José Vidal Carrillo Delgado, Carlos Alfredo Castaneda Magaña, José Ernesto Castellanos Campos, María Julia Castillo Rodas,
Darío Alejandro Chicas Argueta, Carlos Cortez Hernández, Luis Alberto Corvera Rivas, José Ricardo Cruz, Ana Vilma Castro de Cabrera, Omar
Arturo Escobar Oviedo, Enma Julia FabiánHernández, Sonia Elizabeth Farfán de Cuéllar, Luis Arturo Fernández Peña, Carmen Elena Figueroa
Rodríguez, Ana Elda Flores de Reyna, Fernando Antonio Fuentes, Julio Antonio Gamero Quintanilla, Argentina García Ventura, Juan García Melara,
José Rinaldo Garzona Villeda, Marco Aurelio González, Jesús Grande, César Edgardo Guadrón Pineda, Rafael Enrique Guerra Alarcón, Manuel de
Jesús GutiérrezGutiérrez, Héctor Alfredo Guzmán Alvarenga, Carlos Walter Guzmán Coto, Juan Carlos Hernández Portillo, Carlos Rolando Herrarte
Rivas, Wilfredo Iraheta Sanabria, Jorge Alberto Jiménez, Oscar Abrahán Kattán Milla, Elio Valdemar Lemus Osorio, Audelia Guadalupe López de
Kleutgens, Hortensia Margarita López Quintana, Mario Marroquín Mejía, Calixto Mejía Hernández, Misael Mejía Mejía, Alexander...
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