LEY 10 JOEL
Educación Ambiental
Joel Velasco
LEY N° 10
Del 1 de julio de 1992
Por la cual se adopta la educación ambiental
como una estrategia nacional para conservar y
desarrollar los recursosnaturales y preservar el
ambiente, y se dictan otras disposiciones.
Artículo 1: Reconózcase la educación ambiental una
estrategia para la conservación, y el desarrollo sustentable
de los recursosnaturales y la preservación del ambiente.
Artículo 2: El Estado promoverá, apoyará y facilitará la
Integración de la educación relativa a los recursos
naturales y el ambiente por medio de las funciones deeducación, capacitación, extensión o Investigación.
Artículo 3: Inclúyase el contenido y enfoque ambiental en los
programas de estudio de las escuelas y colegios del nivel inicial,
primario, medio yen los planes de estudia de la educación superior del
país.
Artículo 4: Créase lo Comisión de Educación Ambiental para el fomento
y orientación de la educación ambiental en el ámbito nacional en laque podrán participar Instituciones gubernamentales y no
gubernamentales relacionados con el ambiente. Esta Comisión estará
coordinado por el Ministerio de Educación.
Artículo 5: Corresponderá a laComisión de Educación Ambiental,
fomentar y fortalecer el conocimiento de la naturaleza, así corno
sensibilizar a la población estudiantil y nacional sobra la
necesidad de proteger y aprovecharordenadamente los recursos
naturales y la preservación del ambiente.
Artículo 6: El Ministerio de Educación promoverá, regulará y
supervisará la ejecución de los programas sobre medio ambiente
en las escuelasy colegios oficiales y particulares del nivel Inicial,
medio y superior.
Artículo 7: Inclúyase o nivel universitario el contenido y enfoque
ambiental como elemento de cultura general obligatorio entodas las
carreras que se ofrezcan, con mayor énfasis en aquellos relacionadas
con la formación de docentes y comunicadores sociales.
Artículo 8: Las Universidades Oficiales supervisaran, en sus...
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