soez.12. Ejecutar actos violentos contra animales.13. Abstenerse de tramitar oportunamente la documentación, cuando le corresponda.14. Incumplir de manera reiterada e injustificada obligacionesciviles, laborales, comerciales o de familia impuestas en decisiones judiciales o admitidas en diligencia de conciliación.15. Intervenir en juegos de suerte y azar prohibidos por las normas y reglamentos oconcurrir uniformado a lugares donde se realicen estos.16. Mantener desactualizados los folios de vida y demás documentos que tienen que ver con el manejo y administración de personal.17. Demost rarapatía o desinterés en el desarrollo del servicio, en los trabajos de equipo o en las tareas individuales que de ellos se desprendan.Artículo 37. Otras faltas. Además de las definidas en los artículosanteriores, constituyen faltas disciplinarias la violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, las prohibiciones, el abuso de los derechos o el incumplimiento de los deberescontemplados en la Constitución Política, los tratados públicos ratificados por el Gobierno colombiano, las leyes y los Actos Administrativos.Parágrafo. Para efectos de determinar la gravedad o levedad de lafalta, por vía de remisión, constituye falta gravísima la que está taxativamente señalada en la ley o aquella que constituya causal de mala conducta. En las demás, se determinará si la falta es grave oleve con base en los siguientes criterios:1. El grado de culpabilidad.2. La naturaleza esencial del servicio.3. El grado de perturbación del servicio.4. La jerarquía y mando en la Institución.5. Latrascendencia social de la falta o el perjuicio causado.6. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, que se preciarán teniendo en cuenta el cuidado empleado en su preparación, el nivelde aprovechamiento de la confianza depositada en el investigado o de la que se derive de la naturaleza del cargo o función, el grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por...
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