ley 1049
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que con fundamento en el título IX de la Ley 443 de 1998 y el Decreto Reglamentario 1571 delmismo año, se dio inicio al desarrollo del sistema único de información, SUIP relacionado con la organización de las entidades públicas, información laboral de los servidores públicos y contratistas de prestación de servicios y con la carrera administrativa; herramienta automatizada que permitirá capturar, procesar y controlar la información proveniente de los organismos y entidades que integranel sector público;
Que la Ley 489 de 1998 expide disposiciones sobre la organización y funcionamiento de los organismos y entidades de la administración pública, y en el artículo 36 hace referencia al sistema general de información administrativa del sector público, el cual está conformado, entre otros, por un subsistema de organización institucional y un subsistema de recursos humanos;
Quelos subsistemas mencionados en el considerando anterior integran la información del sistema que actualmente se encuentra en desarrollo. No obstante, se hace necesario precisar el campo de aplicación, los contenidos de los subsistemas, así como reglamentar la forma y términos en que las entidades deberán suministrar la información y las autoridades responsables de la misma, para la cumplidaejecución del proceso,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Sistema general de información administrativa del sector público
ARTICULO 1º-Del campo de aplicación. El presente decreto se aplica a todos los organismos y entidades del sector público de las tres ramas del poder público, organismos de control, organización electoral, organismos autónomos, en los órdenes nacional, departamental, distrital ymunicipal.
ARTICULO 2º-Del objetivo. El objetivo del sistema general de información administrativa del sector público es consolidar información que sirva de soporte al cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de cada uno de los organismos y entidades del mencionado sector público, dando cuenta del desempeño institucional y facilitando la evaluación de la gestión pública, información que serviráde base al Gobierno Nacional para la formulación de políticas y la toma de decisiones en materia de gestión pública.
ARTICULO 3º-Del diseño, implementación, dirección y administración del sistema. El diseño, implementación, dirección y administración del sistema de información de que trata el artículo 36 de la Ley 489 de 1998 es responsabilidad del Departamento Administrativo de la FunciónPública, para lo cual cumplirá con las siguientes funciones:
1. Adecuar la infraestructura tecnológica que sea necesaria para el funcionamiento y mantenimiento del sistema.
2. Organizar y mantener actualizado un directorio de las entidades y organismos del Estado de los órdenes nacional y territorial.
3. Solicitar a las entidades y organismos los datos necesarios que se requieran para laactualización y el correcto funcionamiento del sistema.
4. Diseñar y establecer los medios que permitan el registro y la remisión de datos necesarios para los subsistemas de que trata este decreto, e impartir las directrices relacionadas con su reproducción y diligenciamiento.
5. Definir los procedimientos estándar que deberán ser utilizados por las diferentes entidades y organismos para latransferencia de información que requieran los subsistemas.
6. Procesar los datos y producir la información que permita al Gobierno Nacional la formulación de políticas y la toma de decisiones sobre la organización de las entidades y organismos de que trata el presente decreto y la administración del talento humano.
7. Suministrar, de conformidad con las normas vigentes, la información que...
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