LEY 1095 DE 2006 (Noviembre 2)

Páginas: 8 (1768 palabras) Publicado: 17 de abril de 2013

LEY 1095 DE 2006
(Noviembre 2)
“Por la cual se reglamenta el artículo 30 de la Constitución Política”.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
ART. 1º—Definición. El hábeas corpus es un derecho fundamental y, a la vez, una acción constitucional que tutela la libertad personal cuando alguien es privado de la libertad con violación de las garantías constitucionales o legales, o esta seprolongue ilegalmente. Esta acción únicamente podrá invocarse o incoarse por una sola vez y para su decisión se aplicará el principio pro homine.
El hábeas corpus no se suspenderá, aun en los estados de excepción.
NOTAS: 1. La Corte Constitucional en Sentencia C-187 de marzo 15 de 2006, M.P. Clara Inés Vargas Hernández, que analizó la constitucionalidad de la Ley 1095, expuso el siguiente criterio: "Enconsecuencia, la exequibilidad de la expresión "por una sola vez" contenida en el artículo primero del proyecto "sub examine", habrá de declararse exequible, en el entendido de que una vez ejercida y resuelta la acción de hábeas corpus, la correspondiente decisión hará transito a cosa juzgada y, por tal razón, no resultará procedente el ejercicio de una nueva solicitud en tal sentido, que se fundeen los mismos hechos que fueron objeto de decisión en la precedente oportunidad".
2. De conformidad con este planteamiento, la decisión sobre una acción de hábeas corpus hace tránsito a cosa juzgada y no será procedente interponer una nueva acción, cuando se presenta al conocimiento del juzgador un proceso judicial en el que medien las tres identidades procesales: i) identidad de partes, ii)identidad de causa y iii) identidad de objeto ". (C.E., Sec. Tercera, Sent. 2008-00163, nov. 14/2008, Rad. 63001-23-31-000-2008-00163-01. M.P. Ruth Stella Correa Palacio).
3. Eventos en los que procede el hábeas corpus: "cuando hay privación de la libertad con violación de las garantías constitucionales o legales o cuando se prolonga ilegalmente la privación de la libertad. Estos supuestos admitenmúltiples posibilidades frente a las cuales es viable la protección del derecho a la libertad personal, según lo concluyó la Corte Constitucional en Sentencia C-187 de 2006, en la que efectuó la revisión previa de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria que reglamentó el artículo 30 de la Carta Política.
La Corte precisó que esta acción no es un mecanismo alternativo, supletorio osustitutivo para debatir los extremos propios del trámite de los procesos en que se investigan y juzgan hechos punibles, sino que se trata de una acción excepcional de protección de la libertad y de los eventuales derechos fundamentales que por conducto de su afectación puedan vulnerarse, como la vida, la integridad personal y el no ser sometido a desaparecimiento, o a tratos crueles y torturas.
Enconsecuencia, el juez de hábeas corpus carece de competencia para cuestionar los elementos del hecho punible, la responsabilidad de los procesados, la validez o valor de persuasión de los medios de convicción, o la labor que sobre ese asunto desarrolle el funcionario judicial, pues, el ejercicio de esta acción solo permite el examen de los elementos extrínsecos de la medida que afecta la libertad,porque los intrínsecos son del ámbito exclusivo y excluyente del juez natural.
El núcleo del hábeas corpus responde a la necesidad de proteger el derecho a la libertad. Sin embargo, cuando esta es afectada por quien tiene la facultad para hacerlo y ante él se dan por el legislador diferentes medios de reacción que conjuren el desacierto, el hábeas corpus está por fuera de este ámbito y pretenderaplicarlo es invadir órbitas funcionales ajenas" (C.E., Secc. Quinta, Auto 2010-00428, nov. 2/2010, Rad. 50001-23-31-000-2010-00428-01(HC). M.P. Mauricio Torres Cuervo).
ART. 2º—Competencia. La competencia para resolver solicitudes de hábeas corpus se establecerá de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Son competentes para resolver la solicitud de hábeas corpus todos los jueces y tribunales...
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