ley 1148
(noviembre 29)
Diario Oficial No. 41.120, de 29 de noviembre de 1993
Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estadoy se dictan otras disposiciones
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN DEL CONTROL INTERNO. Se entiende por control interno el sistema integrado por el esquema deorganización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades,operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por ladirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
El ejercicio del control interno debe consultar los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad,publicidad y valoración de costos ambientales. En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos existentes en laentidad, y en particular de las asignadas a aquellos que tengan responsabilidad del mando.
PARÁGRAFO. El control interno se expresará a través de las políticas aprobadas por los niveles de direccióny administración de las respectivas entidades y se cumplirá en toda la escala de la estructura administrativa, mediante la elaboración y aplicación de técnicas de dirección, verificación y evaluaciónde regulaciones administrativas, de manuales de funciones y procedimientos, de sistemas de información y de programas de selección, inducción y capacitación de personal.
ARTÍCULO 2o. OBJETIVOS DELSISTEMA DE CONTROL INTERNO. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientará al logro...
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