ley 1295
CAPÍTULO I
Artículo 1. Definición
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos,destinados aprevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.Artículo 3. Campo de aplicación
El Sistema General de Riesgos Profesionales, con las excepciones previstas en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, se aplica a todas las empresas que funcionen en elterritorio nacional, y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general.
Artículo 4.Características del Sistema
El Sistema General de Riesgos Profesionales tiene las siguientes características:
* Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por el Estado.
* Las entidades administradoras delSistema General de Riesgos Profesionales tendrán a su cargo la afiliación al sistema y la administración del mismo.
* Todos los empleadores deben afiliarse al Sistema General de RiesgosProfesionales.
* La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria para todos los empleadores.
OBJETIVOS.
Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condicionesde trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajotales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psico-sociales, de saneamiento y de seguridad.
Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestacioneseconómicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por...
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