Ley 1306 2009 Y Conducencia
1. Cambios en el proceso de jurisdicción voluntaria para la declaración de interdictos
- Anteriormente se utilizaba el término demente con la ley 1306 cambio la por personascon discapacidad mental.
- Amplio la aplicación de la normatividad incluyendo los pactos, convenios y convenciones internacionales sobre derechos humanos en materia de discapacidad.
- Entra aresponsabilizar al ICBF, por medio de las defensorías de familia para que presten asistencia personal y jurídica a las personas con discapacidad mental absoluta atreves del proceso de restablecimiento dederechos.
- Las personas con discapacidad mental tendrán el domicilio de su representante legal y guardador a menos que la autoridad competente disponga lo contrario y en el caso que la persona condiscapacidad cuente con suficiente aptitud intelectual podrá ella misma fijar su domicilio; con respecto a los cambios de domicilio se le deberá informar al defensor de familia con quince días deanticipación, el cual le dará traslado al Juez de familia de conocimiento y al funcionario que registre civilmente a las personas.
- Articulo 11 En el cálculo de las prestaciones alimentarias, congruas onecesarias, se incluirán los costos que demanden las actividades de salud, educación y rehabilitación aquí previstas.
- Artículo 41: La inhabilitación de los demás personas con discapacidad mental ysu rehabilitación.
- Artículo 44. Rehabilitación del interdicto. Para la rehabilitación de la persona con discapacidad mental absoluta, se aplicará el procedimiento de la interdicción, sin que hayalugar a la citación por edicto de posibles interesados.
- Artículo 655. Reconocimiento del guardador testamentario. En los procesos para el reconocimiento de guardador testamentario y posesión delcargo, se observarán las siguientes reglas.
- Articulo 46. Unidad de actuaciones y expedientes. Cualquier actuación judicial relacionada con personas con discapacidad hará q se abra un expediente y...
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