Ley 13380: Sistema de Protección Integral de Personas que padecen síndrome autístico
Ley 13380
Artículo 1.- Crease en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, el Sistema de ProtecciónIntegral de las Personas que padecen síndrome autístico.
Se considera síndrome autístico al conjunto de signos y síntomas que padecen las personas por alteraciones cualitativas en la reciprocidadsocial, comunicación verbal y no verbal y en su comportamiento social. Asimismo las que padecen ausencia o escasa actividad imaginativa o bien un espectro de intereses estrecho con predominio deactividades repetitivas.
Artículo 2.- El sistema creado por la presente ley tendrá como objetivo promover la paulatina organización de un conjunto de estímulos tendientes a contrarrestar los efectos delsíndrome procurando la protección integral de la persona afectada y de su familia. Estableciéndose los siguientes derechos:
1. 1. A recibir asistencia médica y farmacológica.
2. 2.A recibir una educación integral.
3. 3. A recibir capacitación profesional.
4. 4. A ser insertado en el medio laboral.
5. 5. A recibir una protección socialintegral.
Artículo 3.- La condición de persona con padecimiento de síndrome autístico será certificado por la autoridad de aplicación de la presente ley en las formas y condiciones que establezcala reglamentación.
Artículo 4.- Se consideran familiares de la persona autista las establecidas en la legislación de fondo.
Artículo 5.- Las personas que no se encuentren dentro de lasprevisiones del artículo 4 y asistan a la persona que padece el síndrome autístico, estarán amparadas dentro del presente programa, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación.
Artículo6.- El programa comprende la prestación de:
1. 1. Asistencia, tratamiento y abordaje para con la persona autista y sus familiares, en relación con la referida patología.
2. 2....
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