LEY 13482
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 13794.
NOTA: Ver Ley 13794, art.2, relacionado a la aplicación del art.71 de la presente.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
LEY DE UNIFICACION DE LAS NORMAS DE ORGANIZACION DE LAS POLICIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
LIBRO I PRINCIPIOSGENERALES TITULO I COMPOSICION Y FINALIDAD
ARTICULO 1.- La presente Ley establece la composición, funciones, organización, dirección y coordinación de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, conforme a criterios de desconcentración y descentralización.
ARTICULO 2.- Sobre la base del principio de especialización, esta Ley organiza las distintas Policías en las siguientes áreas:
Inciso 1º.Area de las Policías de Seguridad, en la que quedan comprendidas las siguientes Policías y organismos:
a) Policías de Seguridad de Distrito.
b) Policías de Seguridad Comunal.
c) Policía de Seguridad Vial.
d) Policía de Seguridad de Custodia de Objetivos Fijos, Personas y Traslado de Detenidos.
e) Policía de Seguridad Buenos Aires 2.
f) Policía de SeguridadSiniestral.
g) Policía de Seguridad de Servicios y Operaciones Aéreas
h) Todas las Superintendencias, las Jefaturas Departamentales de Seguridad y los demás organismos y unidades policiales de seguridad actualmente existentes y las que se determinaren, dependientes de cada una de las Policías de Seguridad.
Inciso 2º. Area de las Policías de Investigaciones, en la que quedancomprendidas las siguientes Policías y organismos:
a) Policía de Investigaciones en Función Judicial.
b) Policía de Investigaciones de Delitos Complejos.
c) Policía de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas.
d) Policía Científica.
e) Registro de Antecedentes.
f) Todas las Superintendencias, y los demás organismos y unidades policiales de investigacionesactualmente existentes y los que se determinaren, dependientes de cada una de las Policías de Investigaciones.
Inciso 3º. Area de la Policía de Información, en la que queda comprendida:
Superintendencia de Evaluación de la Información para la Prevención del Delito.
Los demás organismos y unidades policiales de información actualmente existentes y los que se determinaren, dependientes de la Policíade Información.
Inciso 4º. Area de la Policía de Comunicaciones y Emergencias, la que comprende:
a) Superintendencia de Comunicaciones.
b) Sistema de Atención Telefónica de Emergencias (S. A. T. E.).
c) Los demás organismos y unidades policiales de comunicaciones que se determinaren, dependientes de la Policía de Comunicaciones y Emergencias.
Inciso 5º. Area de Formación yCapacitación Policial, la que comprende:
a) Institutos de Formación Policial.
b) Centro de Altos Estudios Policiales.
c) Centros de Entrenamiento.
ARTICULO 3.- Las Policías de la Provincia de Buenos Aires, son instituciones civiles armadas, jerarquizadas y de carácter profesional.
ARTICULO 4.- DEPENDENCIA INSTITUCIONAL. El Ministro de Seguridad ejercerá la conducciónorgánica de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y las representará oficialmente. A dichos fines tendrá la facultad de dictar los reglamentos necesarios para su correcto funcionamiento.
En caso de vacancia, licencia o ausencia temporaria del Ministro de Seguridad, las funciones que esta Ley le otorga serán ejercidas por la autoridad política que lo reemplace, según la Ley de Ministerios.ARTICULO 5.- AMBITO DE ACTUACION. Las Policías de la Provincia de Buenos Aires actúan, conforme a la Ley, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, excepto en los lugares sometidos exclusivamente a la jurisdicción federal o militar.
Ausente la autoridad nacional, militar, Policía Federal u otras fuerzas de seguridad, como así también a su requerimiento, las Policías de la Provincia...
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