Ley 16.744

Páginas: 9 (2136 palabras) Publicado: 25 de mayo de 2011
Decreto Supremo N° 313
INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA
LEY N° 16.744
Publicado el 12 de mayo de 1973
Santiago, 27 de diciembre de 1972, hoy se decretó lo que sigue:
Número 313 – Considerando:
Que el Artículo 3° de la Ley N° 16.744 dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de
establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran conocasión de sus estudios o en
la realización de su práctica profesional;
Que el mismo precepto agrega que el Presidente de la República queda facultado para decidir la
oportunidad, financiamiento y condiciones de la incorporación de los estudiantes a este seguro escolar,
la naturaleza y contenido de las prestaciones que se les orgarán y los organismos, instituciones o
servicios queadministrarán dicho seguro;
En uso de la facultad señalada,
DECRETO:
Artículo 1°: Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales
o particulares, del nivel de transición de la educación parvularia, de enseñanza básica, media, normal,
técnica, agrícola, comercial, industrial, de institutos profesionales, de centros de formación técnica y
universitaria,dependientes del Estado o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar
contemplado en el Artículo 3° de la Ley N° 16.744 por los accidentes que sufran durante sus estudios,
o en la realización de su práctica educacional o profesional, en las condiciones y con las modalidades
que se establecen en el presente decreto.
Se exceptúan los estudiantes a que se refiere la letra c) delArtículo 2° de la Ley N° 16.744, los quecontinuaron regidos por las disposiciones del Decreto N° 102, de 1969, dictado a través de la
Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario
Oficial del 25 de agosto de 1969.
Los accidentes que sufran los estudiantes que tengan al mismo tiempo la calidad de trabajadores por
cuenta ajena, seconsiderarán como accidentes del trabajo, siendo de cargo del organismo
administrador al que se encuentre afiliado en esta última calidad las prestaciones que contempla la
Ley N° 16.744, que serán incompatibles con las que establece el presente decreto, sin perjuicio del
beneficio establecido en el Artículo 9°. Lo dicho en este inciso no se aplicará en el caso que la pensión
quecorrespondiere en calidad de trabajador fuere inferior a la que señala el presente decreto para el
estudiante.
Artículo 2°: Gozarán de los beneficios del seguro escolar de accidentes los estudiantes a que se
refiere el artículo anterior, desde el instante en que se matriculen en alguno de los establecimientos
mencionados en dicho precepto.
Los efectos del seguro se suspenderán durante los períodosen que las personas indicadas no realicensus estudios o su práctica educacional o profesional, tales como las de vacaciones o los que puedan
producirse con posterioridad al egreso del establecimiento.
El seguro protege también a los estudiantes con régimen de internado por los accidentes que les
afecten durante todo el tiempo que permanezcan dentro del establecimiento.
Los estudiantesquedan, asimismo, cubiertos por el seguro durante el tiempo que deban pernoctar
fuera de su residencia habitual, bajo la responsabilidad de autoridades educacionales, con motivo de la
realización de su práctica educacional.
Artículo 3°: Para los efectos de este decreto se entenderá por accidente toda lesión que un
estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realizaciiónde su práctica profesional oeducacional, y que le produzca incapacidad o muerte.
Se considerarán también como accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o
regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional
respectivo, el lugar donde realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en
el trayecto...
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