Ley 16744
RIESGOS
CAPITULO I.
DISPOSICIONES LEGALES
LEY N° 16.744
Disposiciones Legales
LEY N° 16.744
(01 de Febrero de 1968)
Seguro Social Obligatorio
Sobre accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales
OBJETIVOS LEY N° 16.744.
1. Prevención de accidentes del trabajo y/o
enfermedades profesionales.
2. Prestaciones medicas.
3. Prestaciones económicas.
4. Rehabilitación.
5. Re-educación.
PERSONAS PROTEGIDAS BAJO
LA LEY N° 16.744.
Trabajadores por cuenta
ajena.
Funcionarios públicos.
Estudiantes.
Trabajadores
independientes y
trabajadores familiares.
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
POR LA LEY.
Accidentes del
Trabajo.
•
Enfermedades
Profesionales.
ACCIDENTE DEL TRABAJO.
DEFINICION LEGAL.
Es todalesión que sufra una persona a causa o con
ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o
muerte.
ACCIDENTE DEL TRABAJO
Accidentes de Dirigentes Sindicales a causa de su cometido
gremial.
Trabajador enviado al extranjero en caso de Sismos o
Catástrofes.
Trabajador enviado por la empresa a Cursos de Capacitación.
Excepciones:
Los causados por Fuerza Mayor Extraña y sinrelación con el
trabajo de la víctima.
Los producidos Intencionalmente por la Víctima.
ACCIDENTE DE TRAYECTO.
Definición:
• Son los ocurridos
en el trayecto
directo entre la
habitación
y
el
lugar de trabajo y
viceversa.
ACCIDENTE DE TRAYECTO.
Deben ser probados por el trabajador
(articulo 7º, Decreto 101):
Su propia declaración.
Parte de Carabineros.
Certificadomedico - posta - hospital.
Testigos.
El empleador solo otorga denuncia y
certificado horario.
ENFERMEDAD PROFESIONAL.
(DECRETO Nº 109).
Definición:
• Es la causada de una
manera directa por el
ejercicio
de
la
profesión o el trabajo
que
realice
una
persona y que le
produzca incapacidad
o muerte.
ADMINISTRACION DEL
SEGURO
A. Organismos Estatales:
– I.N.P.
– S.S.
B.Organismos Privados:
– Mutualidades.
– Administración Delegada.
FINANCIAMIENTO DE LA
LEY.
Cotización Básica. 0,95%
Cotización Adicional. 0,0% - 3,4%.
Decreto Supremo N° 110.
Decreto Supremo N° 67. Regula las excenciones, rebajas y recargos
de la cotización adicional.
Multas.
Derecho a repetir Art. nº 56 y 69.
PRESTACIONES QUE OTORGA
LA LEY N° 16.744.
A.Prestaciones Médicas.
B. Prestaciones
Económicas.
C. Asesoría en Prevención
de Riesgos Profesionales.
OBLIGACIONES QUE IMPONE
LA LEY N° 16.744.
Del Estado;
De los Organismos Administradores;
De las Empresas;
De los Trabajadores;
OBLIGACIONES DEL ESTADO.
Supervigilancia y fiscalización de la prevención,
higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a
través delos Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº
65)
Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad
en el trabajo necesarias en las empresas o entidades
a través de los Servicios de Salud y aplicar
sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).
OBLIGACIONES DE LOS
ORGANISMOS ADMINISTRADORES.
Prescribir todas las medidas
de higiene y seguridad en el
trabajo que las empresasadheridas deban implantar.
Aplicar alzas o rebajas de
cotización adicional
diferenciada. (Decreto Nº 67).
OBLIGACIONES DE LAS
EMPRESAS.
Implantar medidas de prevención de riesgos que indique el
Organismo Administrador y/o el departamento de prevención de
riesgos y Comités Paritarios.
Establecer y mantener al día Reglamento Interno de Higiene y
Seguridad.
Establecer elDepartamento de Prevención de Riesgos cuando
cuenten con mas de 100 trabajadores.
OBLIGACIONES DE LAS
EMPRESAS.
Formar comité paritario cuando cuente con más 25
trabajadores.
Proporcionar a los trabajadores, elementos de protección
personal.
Informar sobre riesgos laborales a sus trabajadores.
Efectuar exámenes de control radiólogo a trabajadores
expuestos a riesgos de...
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