Ley 17/1967 del 8 de Abril de la fiscalización de estupefacientes

Páginas: 16 (3845 palabras) Publicado: 27 de abril de 2013
LEY 17/1967, DE 8 DE ABRIL, DE ESTUPEFACIENTES
(BOE núm. 86, de 11 abril [RCL 1967, 706])
© Editorial Aranzadi S.A.

Aunque el problema de los estupefacientes no ha adquirido en España la extensión e
intensidad que presenta en algunas naciones extranjeras, "ni el crecimiento de su
consumo sigue el mismo ritmo que el aumento de población, tanto en cifras absolutas
(consumo total) cuanto encifras relativas (porcentaje de cada producto estupefaciente
"per capita")", la peligrosidad del mismo impide a nuestro país quedar al margen de la
grave preocupación general que viene produciendo la confrontación de los efectos
individuales y sociales a que puede conducir el abuso de las sustancias estupefacientes,
con la imposibilidad de prescindir de dichas sustancias para usos terapéuticosy
científicos. Tal preocupación es fundamentalmente sanitaria. En efecto, es la salud física
y mental de la población la razón profunda determinante de toda acción pública sobre
los estupefacientes, y por ello es sanitaria también la finalidad primordial de las normas
jurídicas que se han venido dictando al respecto, siendo, aunque muy importante,
ordenadas a la consecución de aquélla lasrestantes finalidades perseguidas por dichas
normas.
Sin embargo, no sería posible responsabilizar al Estado de la salvaguarda de la salud
pública en este campo sin otorgarle al propio tiempo la posibilidad de control de las
causas que pueden comprometerla; concretamente, el uso y consumo de los
estupefacientes y, como antecedente inexcusable, su producción y tráfico.
En consecuencia, unsistema legislativo integrado y completo en la materia debe girar o
sustentarse sobre dos pilares fundamentales: una administración por el sector público,
minuciosa y total, de los estupefacientes, complementada con un sistema sancionador,
suficiente y eficaz, y una política humana y progresiva de curación y rehabilitación
social de toxicómanos. Sobre los dos pilares indicados venía sustentándosenuestra
legislación vigente, básicamente constituida por el Decreto- ley de 30 de abril de 1928 y
por la Ley de Bases de Sanidad Nacional de veinticinco de noviembre 1944 (RCL 1944,
1765), y del mismo modo la serie de Convenios internacionales que, con perspectiva
más o menos parcial o general, han venido abordando estos problemas.
En idéntica línea se encuentran concebidos el Convenio Únicode 1961 sobre
estupefacientes de las Naciones Unidas, suscrito por España y ratificado por
Instrumento de 3 de febrero de 1966 y la presente Ley, que tiene por finalidad específica
la actualización de la legislación española sobre estupefacientes, adaptándola a lo
establecido en el Convenio mencionado.
En cuanto a la acción positiva tendente a lograr, de manera completa y eficaz, laconsecución de las finalidades enunciadas son cuatro en esencia los medios idóneos
recogidos en la normativa antecedente, y que asimismo habían de ser integrados y
regulados en la presente Ley; la especial actuación del Estado sobre los estupefacientes,
caracterizada por un grado singular de intervención y vigilancia, en todos los campos
posibles, desde su producción hasta su consumo; la configuraciónde la cooperación
internacional, estrecha y directa, como único medio para orientar debidamente y obtener
satisfactorio rendimiento de la acción interna; la articulación de una organización
especializada, aunque integrada en los cuadros administrativos ordinarios, capaz de
responder con sensibilidad acusada y con agilidad a las peculiares necesidades
administrativas y policiales inherentes ala materia, y la creación y funcionamiento de
centros asistenciales especializados para toxicómanos.

En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en
sancionar:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Artículo 1.
Corresponde al Estado español el derecho de intervenir, dentro de su territorio, el
cultivo y producción, la fabricación y extracción, el...
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