Ley 181
DECRETO NÚMERO
875
de 2005
30 MAR 2005
“Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 36 de la ley 845 de 2003” EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el parágrafo del artículo 36de la ley 845 de 2003, y C O N S I D E R A N D O: Que la Ley 845 de 2003 tiene por finalidad la defensa de los derechos constitucionales de la salud y de la práctica deportiva, la promoción de los principios del juego limpio y la ética deportiva; determina la obligatoriedad del control dopaje en las prácticas y competencias deportivas y autoriza al Director del Instituto Colombiano del Deporte ylos presidentes de las federaciones deportivas debidamente reconocidas, para ordenar el control al dopaje Que la Ley 845 de 2003 “Por la cual se dictan normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de 1993 y se dictan otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 36 que “El Presidente de la República, en uso de la potestad reglamentaria, establecerá losprocedimientos para la toma de muestras, recolección, análisis, expedición de resultados y demás aspectos relacionados con el programa de control al dopaje”. Que la Ley 181 de 1995, establece como uno de los objetivos rectores del Estado garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, velar por que la práctica deportiva este exenta “...de toda acción omanifestación que pueda alterar por vías extradeportivas los resultados de las competencias”. Que la Comisión Nacional Antidopaje y Medicina Deportiva, atendiendo lo consagrado en el artículo 8° de la ley 845 de 2003, revisó y manifestó su conformidad con el reglamento que fija los procedimientos de control al dopaje según consta en el Acta número 01 del 23 de febrero de 2005. DECRETA: CAPITULO I.SOLICITUD DE ANÁLISIS DE CONTROL AL DOPAJE, RESPONSABLES Y TOMA DE MUESTRAS Artículo 1º. Autorización de la solicitud de análisis de control al dopaje. Las solicitudes de análisis de control al dopaje, deberán ser autorizadas por el Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes o por la persona a quien él delegue. .
Decreto Número
875
de
Hoja No. 2 de 13
“Por el cual sereglamenta el parágrafo del artículo 36 de la ley 845 de 2003”
La solicitud de análisis de control al dopaje deberá diligenciarse en el formato diseñado para tal fin. ARTICULO 2°. Responsables del programa de control al dopaje. Las Federaciones Deportivas Nacionales, designarán un responsable del programa de control dopaje, que estará encargado de la promoción del control dopaje dentro delrespectivo organismo deportivo y del cumplimiento de las normas establecidas para el control dopaje. Para el caso de competencias deportivas organizadas en el país, de carácter nacional o internacional, donde el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, lo considere necesario, se podrá constituir una comisión contra el dopaje que asegure los procesos de recepción de resultados analíticos, audienciasy recomendaciones atendiendo los lineamientos del Comité Olímpico Internacional y del Comité Paralímpico Internacional. ARTICULO 3°. Área de control al dopaje. En las instalaciones o recintos deportivos en los que se celebren competencias oficiales, existirá un espacio con varias dependencias para la toma de muestras y procesos complementarios, denominado área de control al dopaje, que deberágarantizar intimidad y seguridad y reunir las siguientes condiciones: 1. Ser de uso exclusivo como área de control al dopaje, con acceso restringido. 2. Estar debidamente señalizada a través de indicaciones en las instalaciones para su fácil acceso. 3. Contar con una sala de trabajo dotada con mesa y sillas, y una sala de toma de muestras, o dos si se desarrollan competencias en las ramas masculina...
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