ley 19345
Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Seguro social obligatorio de cargo del empleador que regula y cubre los accidentes por causa o con ocasión del trabajo;a si mismo, cobre las enfermedades provocadas por una manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo (enfermedades profesionales)
Esta ley establece los siguientes objetivos:-Prevenir: Con el propósito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la Enfermedad Profesional.
-Otorgar la Atención Médica: para restituir al trabajador en lo posible, TODA su capacidad detrabajo
-Otorgar las Prestaciones Económicas: para Repara la pérdida de la capacidad de GANANCIA del trabajador y sus derecho-habitantes
-Rehabilitar: al trabajador para devolver en todo o en partesus capacidad de ganancia.
-Reeducar: al afectado para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.
PRESTACIONES ECONÓMICAS.SUBSIDIOS:
Cuando el trabajador pierde su capacidad para trabajar en forma temporal.
El trabajador recibe un subsidio diario de 100% de su remuneración imponible
Indemnizaciones de hasta un 40%de invalidez
Cuando el trabajador pierde en forma permanente entre 15 y 40% de su capacidad de ganancia, recibe de una sola vez una indemnización que va de 1,5 a 15 veces su sueldo base.
Pensiones:Indemnización de hasta un 70% de invalidez
Cuando un trabajador pierde en forma permanente entre un 40 y 70% de su capacidad de ganancia, recibe una pensión mensual de 35% de su sueldo base.Cuando la pérdida permanente de su capacidad de ganancia es superior o igual al 70%, recibe una pensión mensual de 70% de su sueldo base.
Pensión de gran invalidez
Cuando el trabajadorpierde toda su capacidad de ganancia y no puede valerse por si mismo recibe una pensión mensual del 100% de su sueldo base. No puede excederse de 140%
Pensión de supervivencia
Si el accidente o...
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