Ley 19653
Sobre la probidad aplicable a los órganos administrativos del Estado
Ley 19.653
La administración del E° deberá observar los principios de probidad, transparencia, eficacia, responsabilidad,normas legales generales y específicas que las regulan.
De la probidad administrativa
Los funcionarios deberán dar estricto cumplimiento a este principio, que se expresa en el recto y correcto ejerciciodel poder público por parte de las autoridades administrativas.
En lo razonable e imparcial de las decisiones – rectitud de las normas – integridad ética – acceso ciudadano a la información.Inhabilidades e incompatibilidades, no podrán ingresar.
a) Personas con contratos vigentes sobre 200utm
b) personas en calidad de cónyuge, hijos, o alguna afinidad familiar respecto de autoridades odirectivos del organismo en cuestión
c) las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito
Declaración jurada
Los funcionarios que entren en la jerarquía más alta de la administración(alcaldes, ministros, intendentes, etc) deberán presentar una declaración que contenga la individualización de sus actividades profesionales y económicas a fin de no poseer conflictos de intereses niinhabilidades
Responsabilidad y sanciones
Los organismos y funcionarios del E° deberán velar por la observancia de las normas, la infracción a las conductas exigibles traerá consigo sanciones quedetermine la ley (al respecto, el común de sanciones responder a multas e inhabilitaciones para ejercer el cargo)
Contravienen el principio de probidad
Usar en beneficio propio información reservada –ocupar el cargo para influir sobre otra persona – emplear bajo cualquier forma fondos públicos - ejecutar actividades, personal o recursos (agréguese en cada uno “para obtener beneficio propio”), -solicitar o aceptar ventajas o regalías de cualquier índole – intervenir en razón de funciones en asuntos dónde se tenga interés personal – omitir o eludir propuesta pública en los casos que la ley lo...
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