LEY 20488
INTRODUCCIÓN
La Ley 20.488, sancionada el 23 de mayo de 1973, fijó para todo el país las normas legales que rigen la actuación de los profesionales en Ciencias Económicas y determinó la colegiación obligatoria a través de los Consejos Profesionales,conforme a la jurisdicción en que se desarrolla el ejercicio profesional (Art. 1º).
Los actos que la ley considera exteriorización del ejercicio profesional son los siguientes:
El ofrecimiento o realización de servicios profesionales;
El desempeño de funciones derivadas de nombramientos judiciales de oficio o a propuestas de partes;
La evacuación, emisión, presentación o publicación de informes,dictámenes, laudos, consultas, estudios, consejos, pericias, compulsas, valorización, presupuestos, escritos, cuentas, análisis, proyectos, o de trabajos similares destinados a ser presentados ante los poderes públicos, particulares, o entidades públicas, mixtas o privadas.
Las normas legales que rigen la actuación profesional no hacen distingos respecto de la condición laboral en que sedesempeñen (actuación en relación de dependencia o independiente) ni a las limitaciones parciales para el ejercicio profesional en otros ámbitos, siendo condición única la aplicación de los conocimientos profesionales en su actuación laboral.
USO DEL TÍTULO
El ejercicio profesional está limitado a personas de existencia visible, que deberán expresar el título profesional que ostentan y la Universidad quelo expidió (Art. 4º Ley 20.488)
Asociaciones de Profesionales
Las que corresponden a graduados en Ciencias Económicas únicamente sólo podrán ofrecer servicios profesionales cuando la totalidad de sus componentes presenten títulos habilitantes y estén matriculados (Art. 5º Ley 20.488). Las asociaciones de graduados universitarios de distintas disciplinas actuarán en las Ciencias Económicas bajola firma y actuación del profesional de la respectiva especialidad de Ciencias Económicas (Art. 6º Ley 20.488).
INCUMBENCIAS PROFESIONALES
Las incumbencias de los profesionales en Ciencias Económicas se encuentran legisladas por la Ley 20.488 que rige el ejercicio profesional, por la Ley 22.207 Art. 61º y la Res. 1.560/80 del Ministerio de Cultura y Educación. La mencionada legislación y lacorrespondiente reglamentación, constituyen un razonable acercamiento a los ordenamientos de los títulos de grado que en cada caso corresponden.
Las incumbencias profesionales mantienen, además, una permanente dinámica que obliga a la actualización de los conceptos estáticos aprobados por la legislación vigente. Dicha tarea no ha sido cumplida hasta la fecha y da lugar a discrepancias en laaplicación de las incumbencias.
Desde el punto de vista de los profesionales en Ciencias Económicas existen dos tipos de zonas grises no debidamente delimitadas.
La primera de ellas se relaciona con incumbencias compartidas entre las distintas profesiones en ciencias económicas, cuyo estudio y ordenamiento es realizado en el seno del Consejo por las Comisiones de Actuación Profesional, con elpropósito de lograr un equilibrio entre las incumbencias correspondientes a cada una de ellas.
La segunda, y de mayor gravedad, es la injerencia cada vez más notoria de nuevas profesiones que reclaman para sí incumbencias asignadas a nuestras profesiones. La falta de reglamentación a cargo de los organismos públicos, ha posibilitado dicho avance en perjuicio de las incumbencias legalmente asignadas anuestras profesiones.
La corrección de tales desviaciones, debe lograrse a través de la acción de los organismos oficiales responsables del ordenamiento de las incumbencias y de la acción de los profesionales ocupando aquellos sectores de la actuación profesional, que aspiren a lograr quienes no posean las condiciones necesarias para ellos.
De los Licenciados en Administración
Sus incumbencias...
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