Ley 217
Nombre:
REGLAMENTO DE LA LEY 217, LEY GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSO NATURALES.
Breve descripción:
Decreto No. 9-96 del 25 de julio de 1996. Publicado en la gaceta No. 163 de 29 de Agosto de 1996.
Fecha de Publicación:
Estado:
Vigentes
Ámbito:
Nacional
Tipo:
Decreto
Contenido de laNormativa:
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la Constitución política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES
Título I. De la gestión ambiental Capítulo I. Del objeto Artículo 1.-
El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas reglamentarias decarácter general para la gestión ambiental y el uso sostenible de los recursos naturales en el marco de la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.
Artículo 2.-
En el texto de este Reglamento la Ley No.217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, se denominará simplemente "la Ley"; las Instituciones y Organismos en ella señalados podrán denominarsecon las siglas con que comúnmente son conocidos.
Capítulo II. De la participación en la Gestión Ambiental Artículo 3.-
El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales, es la autoridad nacional competente en materia de regulación, normación, monitoreo control de la calidad ambiental ; del uso sostenible de los recursos naturales renovables y el manejo ambiental de los no renovables,conforme lo dispuesto en la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Y deudo leyes vigentes. El Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales es además la autoridad competente para sancionar administrativamente por el incumplimiento de las Normas Ambientales. Estas atribuciones las ejercerá en coordinación con otros organismos estatales y las autoridades regionales y municipalespertinentes.
Artículo 4.-
Los Gobiernos Regionales y Municipales en la aplicación y ejecución de la política ambiental y de recursos naturales, en el ámbito de su circunscripción tendrán las funciones y atribuciones señaladas por las leyes y las que expresamente señala la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, las que ejercerán en base a las normas técnicas vigentes y encoordinación armónica con el MARENA.
Artículo 5.-
Las instituciones públicas, los gobiernos regionales y municipales coadyuvarán con el MARENA en la aplicación y cumplimiento de la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones en vigencia.
Artículo 6.-
Para el cumplimiento de los objetivos, principios y disposiciones de la Ley en relación a la participación ciudadana, cada instrumentode gestión ambiental en su diseño y aplicación, incorporará los procedimientos y mecanismos específicos para hacer efectiva dicha participación en cada uno de los niveles nacional, regional, municipal y local. Los ciudadanos en forma individual o colectiva tienen el derecho a ser informados sobre políticas, programas, proyectos y actividades que afecten o puedan afectar la calidad del ambiente y eldesarrollo sostenible de los recursos naturales.
Capítulo III. De la comisión nacional del ambiente Artículo 7.-
La Comisión Nacional del Ambiente tiene como objetivos específicos los siguientes:
a)Promover el uso sostenible de los recursos naturales y la calidad del ambiente.
b) Impulsar el desarrollo de foros, para plantear la problemática ambiental y sus posibles solucionesespecíficas y contribuir a su implementación.
c) Promover el acercamiento con instituciones y organismos internacionales y multilaterales, que por su naturaleza tengan relación con el quehacer de la "Comisión", a través de intercambio de información, organización y/o participación de eventos, entre otras.
d) Promover la concertación e involucramiento de los diferentes sectores de la sociedad...
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