Ley 23 Del 73
Artículo 1. Es objeto de la presente Ley prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturalesrenovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del Territorio Nacional.
Artículo 2. El medio ambiente es un patrimonio común; por lo tanto su mejoramiento y conservación sonactividades de utilidad pública, en las que deberán participar el Estado y los particulares. Para efectos de la presente Ley, se entenderá que el medio ambiente está constituido por la atmósfera y losrecursos naturales renovables.
Artículo 3. Se consideran bienes contaminables el aire, el agua y el suelo.
Artículo 4. Se entiende por contaminación la alteración del medio ambiente, porsustancias o formas de energía puestas allí por la actividad humana o de la naturaleza, en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir con el bienestar y la salud de las personas, atentarcontra la flora y la fauna, degradar la cantidad del medio ambiente o afectar los recursos de la Nación o de particulares.
Artículo 5. Se entiende por contaminante todo elemento, combinación deelementos o forma de energía actual o potencialmente pueda producir alguna o algunas de las alteraciones ambientales descritas en el artículo 4 de la presente Ley.
Artículo 6. La ejecución de lapolítica ambiental descrita en esta Ley será función del Gobierno Nacional, quien podrá delegar tal función en los Gobiernos Seccionales o en las entidades especializadas.
Artículo 7. El Gobierno Nacionalpodrá crear incentivos y estímulos económicos para fomentar programas r iniciativas encaminadas a la protección del medio ambiente.
Artículo 8. El Gobierno adoptará las medidas necesarias paracoordinar las acciones de las entidades gubernamentales que directa o indirectamente adelanten programas de protección de recursos naturales.
Artículo 9. El Gobierno Nacional incluirá dentro de los...
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