Ley 25019
Ley 25.019
Declárase de interés nacional la generación de energía eléctrica de origen eólico y solar en todo el territorio nacional.
Sancionada:Septiembre 23 de 1998.
Promulgada Parcialmente: Octubre 19 de 1998.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc., sancionan con fuerza de Ley:
REGIMEN NACIONAL DEENERGIA EOLICA
Y SOLAR
ARTICULO 1° -Declárase de interés nacional la generación de energía eléctrica de origen eólico y solar en todo el territorio nacional.
El Ministerio de Economía y Obras yServicios Públicos de la Nación, a través de la Secretaría de Energía promoverá la investigación y el uso de energías no convencionales o renovables.
La actividad de generación de energía eléctrica de origeneó1ico y solar no requiere autorización previa del Poder Ejecutivo nacional para su ejercicio.
ARTICULO 2° -La generación de energía eléctrica de origen eó1ico y solar podrá ser realizada porpersonas físicas o jurídicas con domicilio en el país, constituidas de acuerdo a la legislación vigente.
ARTICULO 3° -Las inversiones de capital destinadas a la instalación de centrales y o equipos eólicoso solares podrán diferir el pago de las sumas que deban abonar en concepto de impuesto al valor agregado por el término de quince (15) años a partir de la promulgación de esta ley. Los diferimientosadeudados se pagarán posteriormente en quince (15) anualidades a partir del vencimiento del último diferimiento.
ARTICULO 4° -El Consejo Federal de la Energía Eléctrica promoverá la generación deenergía eó1ica y solar, pudiendo afectar para ello recursos del Fondo para el Desarrollo Eléctrico del Interior, establecido por el artículo 70 de la Ley 24.065.
ARTICULO 5° - La Secretaría de Energíade la Nación en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 24.065 incrementará el gravamen dentro de los márgenes fijados por el mismo hasta 0,3 $/MWh, destinado a conformar el FONDO...
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