Ley 2511/2009
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………………………….…...……C.P.N. Oscar Mario JORGE Vice-Gobernador:………………………………………………………….................C.P.N. Luis Alberto CAMPO Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ……………………...………….. Dr. César Ignacio RODRIGUEZ Ministro de Bienestar Social:………………………………....................…....Sra. María Cristina REGAZZOLI Ministro de Cultura y Educación: ………………………………………................Sr. Néstor Anselmo TORRES Ministro de la Producción:…………………………………….………..……......... Dr. Abelardo Mario FERRAN Ministro de Hacienda y Finanzas:.............................................................C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER Ministro de Obras y ServiciosPúblicos..............................................…................... Sr. Paulo BENVENUTO Secretario General de la Gobernación:.................................................................... Sr. Raúl Eduardo ORTIZ Secretario de Desarrollo Estratégico:............................................... Lic. Gustavo R. FERNANDEZ MENDIA Secretario de Asuntos Municipales:..................................................................................Sr. RodolfoCALVO Secretario Recursos Hídricos:.........................................................….................. Sr. Juan Pablo MORISOLI Secretario de Derechos Humanos:………..……………………….….………....…… Sr. Héctor Rubén FUNES Asesor Letrado de Gobierno:......................................................…...................Dra. Daniela Mónica VASSIA Fiscal de Estado:......................................................................…........................ Dr. José Alejandro VANINI AÑO LVI - Nº 2856 Telefax: 02954 - 436323 Dirección: Sarmiento Nº 335 www.lapampa.gov.ar SANTA ROSA, 21 de Agosto de 2009.boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
SEPARATA BOLETÍN OFICIAL Nº 2856
LEY Nº 2511 ESTABLECIENDO NUEVA LEY DE EDUCACIÓN
Pág. N° 2
Santa Rosa, 4 de Septiembre de 2009
BOLETÍNOFICIAL N° 2856
LEY Nº 2511: ESTABLECIENDO NUEVA LEY DE EDUCACIÓN.LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS La presente Ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en el territorio de la provincia de La Pampa, conforme a los derechos y principios establecidos en laConstitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, la Constitución Provincial, y los principios de la Ley de Educación Nacional 26206, la Ley de Educación Técnico Profesional 26058 y la Ley de Educación Superior 24521. La educación y el conocimiento son un bien público y constituyen Artículo 2°.derechos personales y sociales, garantizados por el Estado Provincial. La educación esuna prioridad provincial y se constituye en una política de Artículo 3°.Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional y provincial, respetando la identidad de los pueblos indígenas, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana, respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-socialsustentable de la Provincia. El Estado Provincial tiene la responsabilidad originaria, primordial e Artículo 4°.indelegable de proveer una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las familias y las organizaciones sociales. El Estado Provincial fija lapolítica educativa, la que tiene como fundamento Artículo 5°.y fin último al educando y a la sociedad como sujetos destinatarios del derecho a la educación, en concordancia con la política educativa nacional y controla su cumplimiento con el propósito de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades regionales. El Estado Provincial garantiza el derecho...
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