Ley 26566 regimen de futbolistas
REGIMEN LABORAL DE LOS JUGADORES DE FUTBOL PROFESIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LAREPUBLICA;
Ha dado la siguiente ley:
Artículo 1.- La relación laboral de los futbolistas profesionales con los Clubes Deportivos de Fútbol se sujeta a las normas que rigen la actividad privada,con las características propias de su prestación de servicios que establece esta ley.
Son de aplicación supletoria las normas del Código Civil.
Los futbolistas profesionales tienen derecho ala seguridad social en el régimen de prestaciones de salud y en el de pensiones, sea el Sistema Nacional de Pensiones o el Sistema Privado de Pensiones.
Artículo 2.- Son futbolistas profesionaleslos que en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dedican voluntariamente a la práctica del fútbol por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club, a cambio deuna remuneración.
Artículo 3.- Son considerados empleadores los Clubes Deportivos de Fútbol organizados de conformidad con las normas legales vigentes.
Artículo 4.- La relación laboral de losfutbolistas es de duración determinada, pudiendo producirse la contratación por tiempo cierto o para la realización de un número de actuaciones deportivas que constituyan en conjunto una unidadclaramente determinable o identificable en el ámbito de la correspondiente práctica deportiva. La prórroga de los contratos se dará por acuerdo expreso.
Artículo 5.- Los contratos deben celebrarse porescrito y registrarse ante la Federación Peruana de Fútbol y el Ministerio de Trabajo y Promoción Social. La Federación Peruana de Fútbol establece las reglas y normas para el registro de los contratos.En el contrato las partes pactan las remuneraciones, premios por partidos, seguro y demás conceptos retributivos, así como las causas de resolución del contrato acordes con la naturaleza del...
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