Ley_26702_24-12-2013
TEXTO CONCORDADO DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGÁNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS - LEY Nº 26702 1
TÍTULO PRELIMINAR
PRINCIPIOS GENERALES Y DEFINICIONES
Artículo 1º.- ALCANCES DE LA LEY GENERAL.
La presente ley establece el marco de regulación y supervisión a que se someten las empresas que operen en el sistema financiero y deseguros, así como aquéllas que realizan actividades vinculadas o complementarias al objeto social de dichas personas.
Salvo mención expresa en contrario, la presente ley no alcanza al Banco Central.
CONST. Art. 87.
LEY GRAL. Arts. 2, 4, 11, 13, 16, 17, 19, 34, 39, 282, 345, 349 (3), 3ª, 5ª, 6ª, 11ª, 13ª. Disp. F y C.
C.C. Art. IX Título Preliminar.
L.G.S. Art. 2.
L.G.S.C. Art. 2.
Artículo2º.- OBJETO DE LA LEY.
Es objeto principal de esta ley propender al funcionamiento de un sistema financiero y un sistema de seguros competitivos, sólidos y confiables, que contribuyan al desarrollo nacional.
CONST. Arts. 58, 61, 87.
LEY GRAL. Arts. 130, 132, 134, 135, 347, 357.
Artículo 3º.- DEFINICIONES.
Los vocablos y siglas que se señalan en la presente ley, tendrán el significado que seindica en el glosario anexo a esta ley.
LEY GRAL. Arts. 225, 238, 241, 282, 293, 295, 345, 21ª Disp. F. y C., Glosario.
L.M.V. Art. 8.
Artículo 4º.- APLICACIÓN SUPLETORIA DE OTRAS NORMAS.
Las disposiciones del derecho mercantil y del derecho común, así como los usos y prácticas comerciales, son de aplicación supletoria a las empresas.
LEY GRAL. Arts. 276 (1), 349 (6).
C.C. Arts. IX TítuloPreliminar, 1353, 1356.
L.G.S. Art. 2.
C. DE C. Art. 2.
L.M.V. Art. 2.
L..G.S.C. Art. 2.
Artículo 5º.- TRATAMIENTO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA.
La inversión extranjera en las empresas tiene igual tratamiento que el capital nacional con sujeción, en su caso, a los convenios internacionales sobre la materia.
De ser pertinente, la Superintendencia toma en cuenta criterios inspirados en elprincipio de reciprocidad, cuando se vea afectado el interés público, según lo dispuesto por el Título III del Régimen Económico de la Constitución Política.
CONST. Art. 63.
C.C. Art. 2073.
D.LEG.662. Art. 1 (a).
D.LEG. 757. Art. 12.
Artículo 6º.- PROHIBICIÓN A TRATAMIENTOS DISCRIMINATORIOS.
Las disposiciones de carácter general que, en ejercicio de sus atribuciones, dicten el Banco Central o laSuperintendencia, no pueden incorporar tratamientos de excepción, que discriminen entre:
1. Empresas de igual naturaleza.
2. Empresas de distinta naturaleza, en lo referente a una misma operación.
3. Empresas establecidas en el país respecto de sus similares en el exterior.
4. Personas naturales y jurídicas extranjeras residentes frente a las nacionales, en lo referente a la recepción decréditos.
CONST. Art. 2 (2).
LEY GRAL. Arts. 2, 21, 24, 38, 39, 43, 129, 133, 134 (4), 135, 138, 158, 159, 180, 184, 186, 197, 202, 203, 221 (44), 223, 228, 230, 235, 295, 349 (7, 8, 9, 10, 12 y 13), 374 (4), 375, 377, 14ª Disp F. y C., 1ª, 8ª, 10ª Disp. Tran.
L.O.B.C.R. Arts. 4, 24 (c, k, l).
Artículo 7º.- NO PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN EL SISTEMA FINANCIERO. 2
El Estado no participa en elsistema financiero nacional, salvo las inversiones que posee en COFIDE como banco de desarrollo de segundo piso, en el Banco de la Nación, en el Banco Agropecuario y en el Fondo MIVIVIENDA S.A.
CONST. Art. 60.
LEY GRAL. 13ª Disp. F. y C.
D.LEG. 757. Art. 6.
L.O.M. Art. 71.
Artículo 8º.- LIBERTAD DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y CRITERIO DE ASIGNACION DE RIESGO. 3
Las empresas del sistemafinanciero y del sistema de seguros gozan de libertad para asignar los recursos de sus carteras, con las limitaciones consignadas en la presente ley, debiendo observar en todo momento el criterio de la diversificación del riesgo, razón por la cual la Superintendencia no autoriza la constitución de empresas diseñadas para apoyar a un solo sector de la actividad económica, salvo el Banco Agropecuario....
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