LEY 29903
Aprueban Normas sobre la presentación de Estados Financieros Auditados por parte de Sociedades o Entidades a las que se refiere el Artículo 5 de la Ley Nº 29720
RESOLUCION SMV Nº 011-2012-SMV-01
CONCORDANCIAS
Lima, 27 de abril de 2012
VISTOS:
El expediente Nº 2011029810 y el Informe Conjunto Nº 223-2012-SMV/06/11/12 de fecha 27 demarzo de 2012 del Superintendente Adjunto de Supervisión de Conductas de Mercados, Superintendente Adjunto de Investigación y Desarrollo, y la Superintendente Adjunta de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales, aprobada mediante Ley Nº 29720, establece que las sociedades oentidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias (UIT), deben presentar a dicha entidad sus estados financieros auditados por sociedades de auditoría habilitadas por uncolegio de contadores públicos en el Perú, conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y sujetándose a las disposiciones y plazos que determine la SMV;
Que, las sociedades o entidades mencionadas en el artículo 5 de la citada Ley, deben preparar sus estados financieros observando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), las mismas que, entre otrosaspectos, determinan que el conjunto completo de estados financieros comprende a: (i) Estado de situación financiera, (ii) Estado de resultado del período, (iii) Estado de resultado integral, (iv) Estado de flujos de efectivo, (v) Estado de cambios en el patrimonio, y, (vi) Notas a los estados financieros; así como que dichos estados financieros deben presentar información comparativa con elejercicio anterior. Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Nº 29720, los referidos estados financieros deben acompañarse con el dictamen de la sociedad de auditoría habilitada por alguno de los Colegios de Contadores Públicos en el Perú;
Que, conforme a la citada Ley, corresponde a la SMV aprobar las disposiciones a las que deben sujetarse las empresas obligadas a presentarinformación financiera, lo que implica, entre otros aspectos, la atribución para determinar el alcance de la obligación, la fijación de plazos para su remisión, los formatos y medios que deben utilizarse, la implementación de los mecanismos para el acceso al público y el régimen de sanciones en caso se detecte su inobservancia;
Que, en ese marco legal y teniendo en cuenta que la obligaciónprincipal de presentar información financiera auditada debe ser exigida de manera gradual de acuerdo a la forma societaria y al tamaño de las referidas sociedades o entidades, se considera apropiado que en una etapa inicial, dicha norma no alcance a las personas que adopten alguna de las formas societarias distintas de las previstas en la Ley General de Sociedades, Ley N 26887, y a otras queposteriormente pueda determinar el Superintendente del Mercado de Valores;
Que, asimismo, con el fin de lograr el cabal cumplimiento de la aplicación total de las normas contables, se considera que ello debe exigirse de manera gradual, por lo que la información financiera a remitirse a la SMV en observancia de la citada Ley, debe prepararse observando plenamente las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera, que emita el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad o International Accounting Standards Board (en adelante, IASB), vigentes internacionalmente;
Que, asimismo se establece en concordancia con la citada norma, la oportunidad en la que dicha información debe presentarse y los medios y forma bajo los cuales puede accederse a ella, además de las sanciones que podrían...
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