ley 3063
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Identificación de la Norma : DTO-2385
Fecha de Publicación : 20.11.1996
Fecha de Promulgación : 30.05.1996
Organismo : MINISTERIO DEL INTERIOR
Ultima Modificación : LEY-20280 04.07.2008
FIJA TEXTO REFUNDIDO Y SISTEMATIZADODEL DECRETO LEY
NUM. 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES
Santiago, 30 de mayo de 1996.- Hoy se decretó lo
que sigue:
Núm. 2.385.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32
N° 8 de la Constitución Política de la República y la
facultad que me ha conferido la disposición segunda
transitoria de la Ley N° 19.388, de 30 de mayo de 1995,
D e c r e t o:
El textorefundido y sistematizado del Decreto Ley
N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, será el
siguiente:
TITULO I {ARTS. 1-2}
Artículo 1°.- Los ingresos o rentas municipales se
regulan por las disposiciones de la presente ley, de la
Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y las
contenidas en leyes especiales.
Artículo 2°.- Los ingresos o rentas municipales
seránpercibidos por la unidad encargada de la
administración y finanzas de cada municipalidad, según
lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades.
No obstante, las municipalidades podrán celebrar
convenios con el Banco del Estado de Chile y con los
bancos comerciales, para que éstos reciban dentro de los
plazos legales el pago de los ingresos o rentasmunicipales y los recargos de beneficio fiscal que
puedan existir sobre ellos.
Los pagos deberán comprender la totalidad de las
cantidades incluidas en los respectivos boletines, giros
u órdenes. Si el ingreso o renta debe legalmente
enterarse por cuotas, el pago abarcará la totalidad de
la cuota correspondiente.
El pago así efectuado, extinguirá la obligación
pertinente hasta elmonto de la cantidad enterada, pero
el recibo de ésta no acreditará, por sí solo, que se
está al día en el cumplimiento de la obligación
respectiva.
Para los efectos del presente artículo, las LEY 20033
municipalidades podrán percibir, mediante medios Art. 4º Nº 1
electrónicos, directamente o mediante convenios D.O. 01.07.2005
celebrados con terceros,el pago de los ingresos o
rentas municipales que les corresponda cobrar por sí
mismas.
TITULO II {ARTS. 3-4}
Del producto de los bienes municipales
Artículo 3°.- Son rentas de los bienes municipales:
1.- Las rentas de arrendamiento o concesiones de los
bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal, y
2.- Los productos de la venta o remate de los bienesmuebles de propiedad municipal.
Artículo 4°.- Las municipalidades no podrán enajenar
las termas medicinales de su dominio, sin perjuicio de
su facultad de entregarlas en concesión.
TITULO III {ARTS. 5-11}
Del producto de los establecimientos y explotaciones
municipales
Artículo 5°.- Son rentas de los establecimientos y
explotaciones municipales, las que producen lasempresas
y los servicios públicos municipales.
Artículo 6º.- El servicio municipal de extracción LEY 20280
de residuos sólidos domiciliarios se cobrará a todos Art. 2º Nº 1
los usuarios de la comuna, pudiendo este cobro ser D.O. 04.07.2008
diferenciado, utilizando al efecto diversos criterios,
tales como programas ambientales, que incluyan, entre
otros, elreciclaje; la frecuencia o los volúmenes de
extracción; o las condiciones de accesibilidad. Los
criterios utilizados para la determinación del cobro
de estos servicios deberán ser de carácter general y
objetivo, y establecerse por cada municipalidad a
través de ordenanzas locales.
Para efectos de esta ley, se considerarán residuos
sólidos domiciliarios a las basuras de carácter...
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