LEY 322 DE 1996
(octubre 4)
Derogada por el art. 53, Ley 1575 de 2012
por la cual se crea es Sistema Nacional de Bomberos de Colombia y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia,
Ver el Decreto Nacional 2378 de 1997 , Ver el Concepto del Consejo de Estado 1494 de 2003
DECRETA:
Artículo 1º.- La prevención de incendios es responsabilidad de todas las autoridades y delos habitantes del territorio colombiano.
En cumplimiento de esta responsabilidad los organismos públicos y privados deberán contemplar la contingencia de este riesgo en los bienes inmuebles tales como parques naturales, construcciones, programas de desarrollo urbanístico e instalaciones y adelantar planes, programas y proyectos tendientes a disminuir su vulnerabilidad.
Artículo 2º.- La prevencióny control de incendios y demás calamidades conexas a cargo de las instituciones bomberiles, es un servicio público esencial a cargo del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa o por medio de los cuerpos de bomberos voluntarios.
Corresponde a la Nación la adopción de políticas, la planeación y las regulacionesgenerales.
Los departamentos ejercen funciones de coordinación; de complementariedad de la acción de los distritos y municipios; de intermediación de éstos ante la Nación para la prestación del servicio y de contribución a la cofinanciación de proyectos tendientes al fortalecimiento de los cuerpos de bomberos.
Es obligación de los distritos, municipios y entidades territoriales indígenas laprestación del servicio a través de los cuerpos de bomberos oficiales o mediante la celebración de contratos para tal fin, con los cuerpos de bomberos voluntarios.
Parágrafo.- Los concejos municipales y distritales, a iniciativa del alcalde podrán establecer sobretasas o recargos a los impuestos de industria y comercio, circulación y tránsito, demarcación urbana, predial, telefonía móvil o cualquierotro impuesto de ese nivel territorial, de acuerdo a la ley y para financiar la actividad bomberil.
Artículo 3º.- Créase el sistema nacional de bomberos con el objeto de articular los esfuerzos públicos y privados para la prevención y atención de incendios, explosiones y demás calamidades conexas, a cargo de las instituciones de bomberos.
Artículo 4º.- El Sistema Nacional de Bomberos de Colombiaforma parte del sistema nacional para la prevención y atención de desastres creado por la Ley 46 de 1988 y reglamentado por el Decreto 919 de 1989.
Artículo 5º.- Créase el Fondo Nacional de Bomberos de Colombia como una subcuenta del fondo nacional de calamidades, creado mediante Decreto-Ley 1547 de 1984 (3), con su mismo régimen legal, con el objeto específico de fortalecer los cuerpos debomberos mediante la realización de programas de capacitación y cofinanciación de proyectos de dotación o recuperación de equipos especializados para la extinción de incendios o la atención de calamidades conexas. El gobierno reglamentará el recaudo, administración y distribución de los recursos de este fondo, los cuales estarán constituidos entre otros, por los establecidos en el artículo 28 de lapresente Ley, las partidas que se asignen, las donaciones nacionales e internacionales y todos los demás recursos que por cualquier concepto reciban.
Artículo 6º.- Son órganos principales del Sistema Nacional de Bomberos los siguientes:
a. Los cuerpos de bomberos;
b) Las delegaciones departamentales de bomberos y la delegación distrital de Santa Fe de Bogotá;
c) La Dirección Nacional para laAtención y Prevención de Desastres del Ministerio del Interior;
d) La Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia, y
e. La delegación nacional de bomberos.
Artículo 7º.- Las instituciones organizadas para la prevención y atención de incendios y demás calamidades conexas se denomina cuerpos de bomberos. Son cuerpos de bomberos oficiales los que crean los concejos distritales, municipales y...
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