Ley 333 de 1996
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(diciembre 19)
POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE EXTINCION DE DOMINIO SOBRE LOS BIENES ADQUIRIDOS EN FORMA ILICITA
EL CONGRESO DECOLOMBIA,
DECRETA:
CAPITULO I
DE LA EXTINCION DEL DOMINIO
Artículo 1.- DEL CONCEPTO.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por extinción del dominio la pérdida de este derecho en favor delEstado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular.
Artículo 2.- DE LAS CAUSALES.- Por sentencia judicial se declarará la extinción del derecho de dominio de los bienesprovenientes directa o indirectamente del ejercicio de las actividades que más adelante se establezcan o que hayan sido utilizados como medios o instrumentos necesarios para la realización de losmismos. Dichas actividades son:
1. Enriquecimiento ilícito de servidores públicos, de particulares.
2. Perjuicio del Tesoro Público que provenga de los delitos de peculado, interés ilícito en lacelebración de contratos, de contratos celebrados sin requisitos legales, emisión ilegal de moneda o de efectos o valores equiparados a moneda; ejercicio ilícito de actividades monopolísticas o dearbitrio rentístico; hurto sobre efectos y enseres destinados a seguridad y defensa nacionales; delitos contra el patrimonio que recaigan sobre bienes del Estado; utilización indebida de informaciónprivilegiada; utilización de asuntos sometidos a secreto o reserva.
3. Grave deterioro de la moral social. Para los fines de esta norma, se entiende que son hechos que deterioran la moral social, losdelitos contemplados en el Estatuto Nacional de Estupefacientes y las normas que lo modifiquen o adicionen, testaferrato, el lavado de activos, los delitos contra el orden económico social, delitos contralos recursos naturales; fabricación y tráfico de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas militares, concusión, cohecho, tráfico de influencias, rebelión, sedición, asonada, o provenientes...
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