Ley 466 De La Ciudad De Buenos
El consejo profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Bs As es una entidad de derecho público, no estatal. No depende de ningún poder del estado y sus objetivos surgen de la Ley de Ejercicio Profesional y de su reglamentación.
Autoridades del Consejo Profesional:
Consejo Directivo.
Compuesto por 25 miembros. 16 contadores públicos (11 por la mayoría y 5por la minoría), 3 licenciados en administración (2 por la mayoría y 1 por la minoría), 3 licenciados en economía (2 por la mayoría y 1 por la minoría) y 3 actuarios (2 por la mayoría y 1 por la minoría. El cuerpo de consejeros suplentes deberá contar con las mismas proporciones en cuanto a la matrícula y cantidad de profesionales. La duración en el cargo es de 3 años. El requisito para ser miembroes poseer una antigüedad de matrícula de 5 años. En cuanto a futuras reelecciones, deberá transcurrir un intervalo de 3 años.
Funciones: Gobierno, administración y representación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Crear comisiones, subcomisiones de trabajo, a fin de cumplir con el objetivo del Consejo Profesional. Dictar reglamentos internos. Dictar el código de ética profesional yel reglamento correspondiente. Ejercer las sanciones disciplinarias impuestas por el tribunal de ética profesional. Aprobar el balance general, cuenta de resultados, memoria y documentación correspondiente.
Tribunal de ética profesional.
Compuesto por 15 miembros titulares. 12 contadores públicos (7 por la mayoría y 5 por la minoría). 1 licenciado en administración, 1 licenciado en economía y 1actuario. Se requieren igual cantidad de miembros suplentes. El requisito para ser miembro es tener una antigüedad de matrícula no menor a 10 años y no pertenecer a ningún otro órgano del consejo. La duración en el cargo es de 3 años con posibilidad de reelección por 3 años más.
El tribunal de ética se divide en 4 o más salas. Al constituir una sala, deberá integrarse al menos con un miembro de lamatricula que pertenezca a la misma profesión del imputado. Los integrantes de cada sala podrán excusarse y ser recusados si existiere relación por afinidad o consanguinidad con el matriculado.
El tribunal de ética actuara por: denuncia escrita y fundada, resolución del consejo directivo, comunicación de jueces judiciales o de oficio.
El tribunal de ética podrá aplicar las siguientes sanciones:Advertencia, Amonestación privada, apercibimiento público, suspensión en el ejercicio de la profesión y cancelación de la matrícula.
Son conductas objeto de sanción disciplinaria: Los actos u omisiones en que incurran los graduados inscriptos en la matricula en violación a los deberes inherentes al estado o ejercicio profesional, de confortabilidad con las disposiciones del código de éticaprofesional. La remoción del cargo ocupado en cualquier órgano del consejo profesional. Son causales de remoción: Inasistencia injustificada a las reuniones (4 en forma consecutiva u 8 en forma alternada), inhabilitación profesional o incapacidad sobreviniente y violación a las normas profesionales.
Comisión Fiscalizadora.
Está integrada por 3 titulares y 3 suplentes. 2 contadores públicos representadospor la minoría y 1 contador público representado por la mayoría. La comisión tiene a su cargo el control y administración de los fondos que recaude el consejo profesional. Se requiere una antigüedad mínima de 5 años. El mandato es de 3 años con posibilidad de reelección por 3 años más. La comisión fiscalizadora deberá emitir un dictamen anual que se publicara con la memoria y los estadoscontables.
De la matrícula.
Para ejercer la profesión los profesionales deben matricularse presentando los diplomas correspondientes. Los profesionales en relación de dependencia y los que ejercen en forma independiente tienen obligatoriedad de matricularse.
Causales por las cuales el consejo profesional podría denegar la matricula: Falta de acreditación del estado profesional, condena por delito...
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