ley 50 del 13 de diciembre de 2006
Consejos, secretarías y Secciones
Artículo 11
El consejo Médico – Forense estará integrado por: el Director del instituto, un médico forense ponente, dos médicos forenses de mayorantigüedad, un médico consultor y el coordinador de la sección a la que se refiere el caso que se va a discutir.
Las funciones del consejo serán:
1. Pronunciarse en los casos en los que hayauna nueva consulta de la autoridad competente.
2. Dictaminar los casos de supuesta negligencia médica.
3. Realizar las funciones que recomiende el Dictador de acuerdo con las particularidades delcaso.
Artículo 12
El consejo Administrativo estará integrado por los Coordinadores de las Secciones y Agencias Provinciales del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Las funcionesdel Consejo Administrativo son las siguientes:
1 Asesorar al director General en el ejercicio de sus funciones.
2 Realizar propuestas, presentar informes y colaborar con el Director General en lacoordinación de las funciones administrativas y de personal del Instituto.
3 Analizar y proponer al Director General el presupuesto anual de gastos.
4 Proponer las medidas administrativas necesariaspara el buen funcionamiento del Instituto.
5 Conocer, analizar y recomendar al Director General del Instituto, la apertura de procesos disciplinarios en casos de faltas graves a las normas rectoras delInstituto.
6 Ejercer las demás funciones asignadas por el Director General, que sean compatibles con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 13
El órgano de consulta y de apelación delInstituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses será el consejo médico – forense, cuya estructura y funciones serán normadas por el Director General del Instituto.
Artículo 14
Son funciones dela Secretaría Administrativa y de Finanzas:
1 Asesorar al Director General del Instituto en la formulación e implementación de los planes, las políticas las normas y los procedimientos necesarios...
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