Ley 50
La recreación. Es un proceso de acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una vivencia de disfrute, creación y libertad, en el plenodesarrollo de las potencialidades del ser humano para su realización y mejoramiento de la calidad de vida individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento.
Elaprovechamiento del tiempo libre. Es el uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida en forma individual o colectiva. Tiene comofunciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación sicobiológica.
Laeducación extraescolar. Es la que utiliza el tiempo libre, la recreación y el deporte como instrumentos fundamentales para la formación integral de la niñez y de los jóvenes y para la transformacióndel mundo juvenil con el propósito de que éste incorpore sus ideas, valores y su propio dinamismo interno al proceso de desarrollo de la Nación. Esta educación complementa la brindada por la familia yla escuela y se realiza por medio de organizaciones, asociaciones o movimientos para la niñez o de la juventud e instituciones sin ánimo de lucro que tengan como objetivo prestar este servicio a lasnuevas generaciones
Educación para adultos
ARTICULO 50. Definición de educación para adultos. La educación de adultos es aquella que se ofrece a las
personas en edad relativamente mayor a laaceptada regularmente en la educación por niveles y grados del
servicio público educativo, que deseen suplir y completar su formación, o validar sus estudios.
El Estado facilitará las condiciones ypromoverá especialmente la educación a distancia y semipresencial para los
adultos.
ARTICULO 51. Objetivos específicos. Son objetivos específicos de la educación de adultos:
a) Adquirir y actualizar...
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