Ley 65 00
10056
GACETA OFICIAL
Fundada el 2 de junio de 1851
Director Administrativo: Dr. Guido Gomez Mazara Consultor Juridico del Poder Ejecutivo
Santo Domingo de Guzman, D. N., Republica Dominicana 24 de agosto del 2000
INDICE
ACTOS DEL PODER LEGISLATIVO
Ley No. 64-00 que crea la Secretaria de Estado de Medio
Ambiente y Recursos Naturales. Pag. 03
Ley No. 65-00 sob re Derecho deAutor.
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Ley No. 65-00 sobre Derecho de Autor.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 65-00
CONSIDERANDO: Que la Constitution de la Republica establece en su Articulo 8, numeral 14, que son derechos de la persona humana la propiedad exclusiva por el tiempo y la forma que determine la ley, de los inventos y descubrimientos, asi como de las producciones cientificas, artisticas yliterarias;
CONSIDERANDO: Que los derechos de autor estan regulados mediante la Ley No.32-86, del 4 de julio de 1986, la cual, en la epoca que fue promulgada, constituyo un instrumento jurfdico moderno y eficaz para la proteccion de todas las obras comprendidas bajo el derecho autoral;
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolution No.2-95, del 20 de enero de 1995, la Republica Dominicana ratifico elAcuerdo de Marrakech, por el cual se establece la Organization Mundial del Comercio;
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo sobre "Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio" (ADPIC) forma parte integral del Acuerdo de Marrakech;
CONSIDERANDO: Que la adecuacion institutional y legislativa del regimen de derecho de autor, en consonancia con el ADPIC, requiere de una nueva leysobre derecho de autor y de la institucionalidad que garantice el respeto de los derechos de sus legitimos detentores, teniendo en cuenta el mejor interes nacional.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.- Las disposiciones de la presente ley se reputan de interes publico y social. Los autores y los titulares de obras literarias, artisticas y de la forma literaria oartistica de las obras cientificas, gozaran de proteccion para sus obras de la manera prescrita por la presente ley. Tambien quedan protegidos los derechos afines de los artistas interpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusion.
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Articulo 2.- El derecho de autor comprende la proteccion dc las obras literanas y artisticas, asi como la forma hteraria o artisticade las obras cientfficas, incluyendo todas las creaciones del espiritu en los campos indicados, cualquicra que sea el modo o forma de expresion, divulgacion, reproduccion o comunicacion, o el gencro, mcrito o de.itino, incluyendo pero no hmitadas a:
1) Las obras expresadas en forma escnta, a traves de hbros, revistas, folletos u otros escntos;
2) Las conferencias, alocuciones, sermones y otrasobras de la misma naturaleza;
3) Las obras dramaticas o dramatico - musicales y dermis obras escenicas;
4) Las obras coreograficas y las pantomfmicas.
5) Las composiciones musicales con letras o sin ellas;
6) Las obras audiovisuales, a las cuales se asimilan las expresadas por cualquier procedimiento analogo, fijadas en cualquier clase de soportes;
7) Las obras de dibujo, pinturas, arquitectura,escultura, grabado, litografia y demas obras artisticas;
8) Las obras fotograficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimientos analogos a la fotograffa;
9) Las obras de arte aphcado;
10) Las ilustraciones, mapas, pianos, croquis y obras plasticas relativas a la geograffa, a la topograffa, a la arquitectura o a las ciencias,
11) Los programas de computadoras, en los mismos terminos quelas obras literanas, sean programas fuente o programas objeto, o por cualquier otra forma de expresion, incluidos la documcntacion tecnica y los manuales de uso;
12) Las bases o compilaciones de datos u otros materiales, lcgiblcs por maquina o en cualquier otra forma, que por la seleccion o disposicion de sus contenidos constituyan creaciones de caracter intelectual, pero no de los datos o...
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