Ley 795 Del 14 De Mayo

Páginas: 98 (24411 palabras) Publicado: 12 de mayo de 2012
LEY No. 795
14 Enero 2003
“POR LA CUAL SE AJUSTAN ALGUNAS NORMAS DEL
ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
“El Congreso de Colombia,
D E C R E T A”
CAPITULO I
DISPOSICIONES QUE MODIFICAN EL ESTATUTO ORGÁNICO
DEL SISTEMA FINANCIERO
Artículo 1. Adicionase el numeral 1 del artículo 7 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente literal:n)Realizar operaciones de leasing habitacional las cuales deben
tener por objeto bienes inmuebles destinados a vivienda. Estas
operaciones se considerarán leasing operativo para efectos
contables y tributarios.
Para el desarrollo de esta operación los Establecimientos
Bancarios deberán dar prioridad a los deudores de créditos de
vivienda que hayan entregado en dación de pago el respectivobien inmueble. Lo anterior siempre y cuando tales personas
naturales, cumplan los requisitos legales mínimos relacionados
con el respectivo análisis del riesgo crediticio.
En el reglamento que expida el Gobierno Nacional en desarrollo
del presente artículo, adoptará medidas que garanticen la
protección de los usuarios o locatarios.
Artículo 2. Adicionase el numeral 1 del artículo 7 delEstatuto
Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente literal:
ñ) Celebrar contratos de administración no fiduciaria de la cartera y
de las acreencias de las entidades financieras que han sido objeto
de toma de posesión para liquidación.
Artículo 3. Adicionase el artículo 24 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero con el siguiente literal:
k)Recibir créditos de otros establecimientosde crédito para la
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realización de operaciones de microcrédito, con sujeción a los
términos y condiciones que fije el Gobierno Nacional.
Artículo 4. Adicionase el numeral 1 del artículo 29 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente literal:
i) Celebrar contratos de administración fiduciaria de la cartera y de
las acreencias de las entidades financieras quehan sido objeto de
toma de posesión para liquidación.
Artículo 5. Modificase el literal e) del artículo 48 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero, el cual quedará así:
e)Determinar el patrimonio técnico, el patrimonio adecuado, el
régimen de inversiones, el patrimonio requerido para la operación
de los diferentes ramos de seguro y los límites al endeudamiento
de las entidadesaseguradoras y sociedades de capitalización.
Mediante esta facultad el Gobierno Nacional no podrá establecer
inversiones forzosas;
Artículo 6. Adiciónanse los literales j), k) y I) al artículo 48 del
Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los cuales quedarán así:
j)Regular los sistemas de pago y las actividades vinculadas con este
servicio que no será competencia del Banco de la República. Estafacultad se ejercerá previo concepto de la Junta Directiva del
Banco de la República, a fin de que este organismo pueda
pronunciarse sobre la incidencia de la regulación en las políticas a
su cargo. De igual forma, corresponde al Gobierno Nacional
establecer las condiciones para que las entidades objeto de
intervención desarrollen actividades de comercio electrónico y
utilicen los mensajes dedatos de que trata la Ley 527 de 1999.
k)Establecer normas tendientes a prevenir el lavado de activos en
las entidades objeto de intervención, sin perjuicio de las facultades
propias de instrucción de la Superintendencia Bancaria.
l)Determinar las distintas modalidades de crédito cuyas tasas deban
ser certificadas por la Superintendencia Bancaria.
Artículo 7. Adicionase el Estatuto Orgánicodel Sistema Financiero
con el siguiente artículo, que se incorpora bajo el número 52:
Artículo 52. Intervención para el desarrollo de la medida de
exclusión de activos y pasivos.
1.El Gobierno Nacional intervendrá para establecer las normas de
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acuerdo con las cuales se ejecutarán las medidas de exclusión de
activos y pasivos y desmonte progresivo de operaciones, de
acuerdo...
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