Ley 8343
:::::: Ir Arriba :::::
ARTÍCULO 2. Destino de los nuevos recursos En ningún caso, los nuevos recursos y ahorros generados por las medidas propuestas en esta Ley, podrán ser utilizados para ampliar los límites del gasto; asimismo, deberán dedicarse exclusivamente a la disminución del déficit fiscal. Se exceptúan dela aplicación de esta norma los ingresos indicados en el capítulo VI de esta Ley, referidos al impuesto recaudado a favor del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), que pagarán los negocios calificados y autorizados por dicho Instituto como moteles, hoteles sin registro, casas de alojamiento ocasional, salas de masaje, “night club” con servicio de habitación y similares.
:::::: Ir Arriba :::::ARTÍCULO 3. Informes bimestrales del Poder Ejecutivo y Banco Central de Costa Rica. El Ministerio de Hacienda y el Banco Central de Costa Rica, en lo que corresponda, a partir del segundo mes contado desde la entrada en vigencia de esta Ley, deberán presentar, a la Comisión Mixta, un informe bimestral en el que se detalle lo siguiente: Acciones ejecutadas para disminuir el gasto público, tantodel Gobierno Central como del sector descentralizado, y el efecto cuantitativo real. 2. Recomendaciones recibidas de la Comisión Mixta para la reducción del gasto público y acciones adoptadas. 3. El Poder Ejecutivo informará las acciones ejecutadas en la lucha contra la corrupción, la impunidad y el despilfarro, según los casos que se denuncien en el Poder Legislativo. 4. Resultados alcanzadosen las negociaciones para la reestructuración de la deuda con las instituciones del Estado, con el detalle de las condonaciones de principal, intereses y modificaciones en intereses y plazos. 5. Mejoras introducidas en los mecanismos de recaudación tributaria y el resultado de dichas medidas en términos de recaudación real, incluso los hechos relevantes en materia de acciones para contener laevasión tributaria. 6. Recomendaciones recibidas de la Comisión Interventora de Aduanas, acciones adoptadas y sus efectos. 7. Otras mejoras introducidas en la administración tributaria aduanera y sus efectos en términos de recaudación fiscal. 8. Monto de la recaudación de impuestos con el detalle de cada impuesto. 9. El Banco Central de Costa Rica presentará trimestralmente un informe sobre lapolítica monetaria, así como un programa detallado para la reducción de sus pérdidas, que contemple una meta mínima de reducción de un treinta por ciento (30%) de sus pérdidas o déficit anual. 10. El Ministerio de Hacienda, con el propósito de introducir transparencia en las finanzas públicas, publicará y remitirá a la Asamblea Legislativa lo siguiente: o El programa fiscal del año con las metastrimestrales de los ingresos corrientes, de los gastos corrientes, de los gastos de capital, del déficit financiero y de las fuentes de financiamiento. Los ingresos corrientes deberán identificar los tipos de impuestos; los gastos corrientes y de capital, los principales rubros. El programa deberá incluir en 1.
o
forma separada al Gobierno Central, al Banco Central y a las instituciones...
Regístrate para leer el documento completo.