Ley Aduanera (Art.59)
I. Llevar los sistemas de control de inventarios enforma automatizada, que mantengan en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior, mismos que deberán estar a disposición de la autoridad aduanera.Párrafo reformado DOF 30-12-2002
Quienes introduzcan mercancías bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; elrégimen de depósito fiscal; o el de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, deberán llevar el sistema de control de inventarios a que se refiere el párrafo anterior, en formaautomatizada.
(Se deroga el tercer párrafo).
Párrafo derogado DOF 01-01-2002
En caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta fracción se presumirá que las mercancías que sean propiedad delcontribuyente o que se encuentren bajo su posesión o custodia y las que sean enajenadas por el contribuyente a partir de la fecha de la importación, análogas o iguales a las importadas, son de procedenciaextranjera.
Fracción reformada DOF 31-12-2000
II. Obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías, paraefectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratadosinternacionales de los que México sea parte, y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
III. Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de lasmercancías, una manifestación por escrito y bajo protesta de decir verdad con los elementos que en los términos de esta Ley permitan determinar el valor en aduana de las mercancías. El importador deberá...
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