Ley aduanera
Los particulares que obtengan concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, deberán cumplir conlos lineamentos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto fiscalizado y de las mercancías de comercio exterior, así como con lo siguiente:
V.Permitir el almacenamiento gratuito de las mercancías, de conformidad con lo siguiente:
a) En mercancías de importación, dos días, excepto en recintos fiscalizados que se encuentren en aduanas de tráficomarítimo, en cuyo caso el plazo será de cinco días.
b) En mercancías de exportación, quince días, excepto minerales, en cuyo caso el plazo será de treinta días.
Los plazos a que se refiere estafracción se computarán en días hábiles a partir del día siguiente a aquél en que el almacén reciba las mercancías, independientemente de que hayan sido objeto de transferencia o transbordo.Tratándose de importaciones que se efectúen por vía marítima o aérea, el plazo se computará a partir del día en que el consignatario reciba la comunicación de que las mercancías han entrado al almacén.Durante el plazo en el que se permita el almacenamiento gratuito de las mercancías, solamente se pagarán el servicio de manejo de las mismas y las maniobras para el reconocimiento previo.
Artículo41.Ley Federal de Derechos Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que a continuación se indican:
I. Enmercancías de importación, dos días naturales, excepto en recintos fiscales que se encuentren en aduanas de tráfico marítimo, en cuyo caso el plazo será de cinco días naturales.
II. En mercancías deexportación o retorno al extranjero, quince días naturales, excepto minerales en cuyo caso el plazo será de treinta días naturales.
Las mercancías por las que hubiere desistimiento del régimen...
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