Ley Amaparo
Cuando el acto reclamado consistaen la detención del quejoso efectuada por autoridades administrativas distintas del Ministerio Público como probable responsable de algún delito, la suspensión se concederá, si procediere, sinperjuicio de que sin dilación sea puesto a disposición del Ministerio Público, para que éste determine su libertad o su retención dentro del plazo y en los términos que el párrafo séptimo del artículo 16constitucional lo permite, o su consignación.
De consistir el acto reclamado en detención del quejoso efectuada por el Ministerio Público, la suspensión se concederá y desde luego se pondrá en inmediatalibertad, si del informe previo que rinda la autoridad responsable no se acreditan con las constancias de la averiguación prevía la flagrancia o la urgencia, o bien si dicho informe no se rinde en eltérmino de veinticuatro horas. De existir flagrancia o urgencia se prevendrá al Ministerio Público para que el quejoso, sea puesto en libertad o se le consigne dentro del término de cuarenta y ochohoras o de noventa y seis horas según sea el caso, a partir de su detención.
Si se concediere la suspensión en los casos de órdenes de aprehensión, detención o retención, el juez de Distrito dictarálas medidas que estime necesarias para el aseguramiento del quejoso, a efecto de que pueda ser devuelto a la autoridad responsable en caso de no concedérsele el amparo.
Cuando la orden de aprehensión,detención o retención, se refiera a delito que conforme a la ley no permita la libertad provisional bajo caución, la suspensión sólo producirá el efecto de que el quejoso quede a disposición del...
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