Ley Antibulling
LEY ANTIBULLING Y LOS PSICÓLOGOS
Julio César Carozzo C., Luis Zapata Ponce, Luis Benites Morales Observatorio sobre la Violencia y Convivencia en la Escuela
La llamada Ley Antibullying, recientemente aprobada, puede convertirse en una caja de sorpresas para todo el mundo, como trataremos de hurgar. I. Sin proponérselo, la Ley es una invitación, o desafío, a la reconversión profesional de los psicólogos educativos, cuyo desempeño profesional no ha sido jamás definido por la Orden Profesional y, por ende, su actividad ha seguido invariablemente dos direcciones: a) La prolongación de la psicología clínica en el ámbito educativo y su especial interés en los problemas de aprendizaje y/o de conducta desde la visión psicopatológica. b) Que los directores y promotores decidieran el contenido del trabajo psicológico que le fuera conveniente al centro educativo. Ambas opciones son, no cabe duda, deformadoras del quehacer profesional de los psicólogos educativos, y el más alto costo de estas metodologías aplicadas en muchos centros educativos es la exclusión de la mayor parte de la población escolar, quienes no se beneficiaron en nada de la orientación profesional de los psicólogos. Con ellos también quedaron fuera de la acción profesional de los psicólogos los docentes y padres de familia, puntales indiscutidos para el desarrollo social de los niños y adolescentes. La nueva Ley devuelve a los psicólogos la función profesional que genuinamente les corresponde en el escenario educativo y que se había dejado de lado incomprensiblemente: promover un clima institucional de bienestar y convivencia saludable en donde las diferencias y los conflictos sean asumidos y resueltos sin ...
Regístrate para leer el documento completo.