El 19 de diciembre de 1992 se promulgó la nueva Ley Federal de Correduría Pública; a los diez días –el 29 del mismo mes– se publicó dicha ley en el Diario Oficial de la Federación. En el artículoprimero transitorio de la misma se estableció una vacatio legis de treinta días. El 2 de junio del año siguiente se expidió el reglamento de dicha ley, mismo que se publicó en el mencionado DiarioOficial el día 4 de junio, para entrar en vigor "al día siguiente. La nueva ley significó una revitalización inusitada de una profesión y función pública de rancio abolengo en el Derecho mercantil, que enMéxico parecía estar limitada a la satisfacción de algunas necesidades de los bancos y a la atención de pequeños nichos de mercado en materia de avalúos. El corredor público es quizá el más antiguofuncionario auxiliar del comercio. Su origen se remonta a los balbuceos de la historia universal y ha probado ser una institución resistente a todas las vicisitudes de la Humanidad desde entonces,endiversos países de la tradición jurídica romano-germánica.
Resulta por ello del mayor interés y de la mayor importancia la medida mexicana de la revitalización de esta singular figura jurídica. Esteartículo se dedica a aportar una versión de las motivaciones de esta medida y de las características de esta nueva correduría pública, en el contexto de una economía y una sociedad en proceso acelerado decambio, al cierre del segundo milenio y en los preámbulos del tercero.
}El dictámen del Senado de la República
La iniciativa de ley daba amplias facultades de fedatario al corredor público enmateria mercantil y permitía agilidad en la prestación de los servicios de fedación, incluyendo la facultad de ratificar firmas de documentos sin responsabilizarse el fedatario por el contenido de losmismos, lo cual seguía el sistema anglosajón de la fe pública notarial, a diferencia del sistema de fedación latino que responsabiliza al fedatario de la regularidad legal del contenido substantivo de...
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