Ley De Administradores De Venezuela
Artículo 43. Ejercen ilegalmente la profesión de Licenciado en Administración
Este articulo prohíbe el ejercicio de Licenciado enAdministración sin haber obtenido un titulo respectivo, de conformidad con lo establecido en el articulo 4 de esta ley, de igual manera quienes hayan obtenido dicho titulo realicen actos o gestionespropias de la profesión, sin haber cumplido con los requisitos para ejercerla legítimamente o se encuentren impedidos para ejercerla.
Aunado a lo anteriormente mencionado en este artículo tambiénestablece que quienes habiendo sido sancionados con la suspensión del ejercicio profesional, la ejerzan durante el tiempo de suspensión, así como aquellos Licenciados en Administración que encubran oamparen a personas naturales o jurídicas qué realicen actos de ejercicio ilegal de la profesión de licenciado en Administración.
Artículo 44.
Establece que el Tribunal Disciplinario, en cuyajurisdicción se haya cometido el hecho abrirá la averiguación de oficio o a instancia de parte, levantará el expediente respectivo y pasará copia al Fiscal del Ministerio Público, quien actuará de oficio antelos tribunales competentes, sin perjuicio do la sanción disciplinaria a que hubiere lugar.
Artículo 45.
Las multas para los sancionados irán de de quinientos a cincuenta mil bolívares (Bs. 500,00 aBs. 50.000,00) a quienes incurran en ejercicio ilegal de la profesión, a los funcionarios o empleados q impidan o interrumpan el cumplimiento de esta ley, los que incurran en violaciones a las normasde ética profesional sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones establecidas en esta ley o de las medidas disciplinarias que apliquen los tribunales disciplinarios de los colegios y en cualquierotra violación de las disposiciones contenidas en esta ley y/o su reglamento.
Artículo 46.
Las causas de suspensión del ejercicio de la profesión son las siguientes:
Haber violado las normas de...
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