Ley de anaty
Previo a la lectura de la presente ley y en relación a la documentación que se adelanta, considero que los siguientes son los puntos más relevantes:
El mayor articulado esta ley, corresponde al organigrama que tendrá la institución.
Para la aplicación de los títulos se mantendrán los mismo requintos de la ley 80 y de la ley 24 de 2006, de titulación masiva detierras.
La concentración en la ANATI sobre la administración y disposición de terrenos estatales es incuestionable. La cual incluye Dirección General de Catastro y Bienes Patrimoniales, Dirección Nacional de Reforma Agraria, programa Nacional de Administración de Tierras, Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia.
De la ley en estudio se extrajeron todos los artículos que se relacionan a lagestión y solicitud de derechos posesorios.
Artículo 3: La autoridad integrara e incorpora para si todas las funciones, potestades y prerrogativas otorgadas por ley a la Dirección General de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, al programa Nacional de Administración de Tierrasdel Ministerio de Economía y Finanzas y al Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia del Ministerio de Obras Publicas.
Teniendo en cuenta lo anterior
Artículo 7: La autoridad tendrá las siguientes funciones:
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17. Elaborar estudios tenenciales sobre tierras estatales y tierras de propiedad privada cuando así se requiere.18. Establecer el procedimiento de reconocimiento y titulación de los derechos posesorios.
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20. Coadyuvar a resolver los traslapes de fincas privadas inscritas en la sección de la propiedad del Registro Público de Panamá.
Título III
Adjudicaciones, Avalúos Catastral y Geográfica
Capítulo I
Adjudicaciones
Previo a la Adjudicación sobre las zonas turísticas declaradas, se requiere de laanuencia, mediante resolución motivada, de la Autoridad de Turismo de Panamá.
Artículo 35. Serán aplicables a dichas adjudicaciones o titulaciones las normas contenidas en la Ley 24 de 2006 y en la Ley 80 de 2009.
Artículo 44. La Autoridad realizara un inventario de todas las agregaciones de bienes inmuebles, aprobara los planos y la información catastral y podrá dictar las normas aplicablespara la aprobación de estos, incluyendo planos de propiedades horizontales.
Artículo 49. Los vértices de los predios se georeferenciarán de acuerdo con el Sistema Geodésico Mundial 1984 (WGS-84), que se ha venido aplicando en las zonas de regularización y titulación masiva de tierras, y que permitirá corresponder con la dinámica del marco de referencia del Sistema de Referencias Geocéntrico paralas Américas (SIRGAS).
El Registro Público de Panamá solo inscribirá los documentos que se refieren a transacciones concernientes a segregaciones de tierras, cuando el documento indique el número catastral del plano de tal segregación.
Título IV
Tramitaciones, Infracciones y Normas Complementarias
Capítulo I
Tramitaciones y Reclamos
Artículo 57. La Autoridad acogerá y tramitara las quejaso reclamos que se le presenten sobre medidas o linderos de predios o fincas y sus valores.
Capítulo II
Ventanilla Única de Trámites y Registros.
Artículo 65. Se crea el Departamento de Ventanilla Única de Trámites y Registros de la Autoridad, adscrito a la Dirección Nacional de Titulación y Regularización, el cual tendrá las siguientes funciones.
1- Recibir, Tramitar y dar seguimientoa las solicitudes dirigidas a la Autoridad, ante sus respectivas direcciones y unidades administrativas.
2- Coordinar y supervisar el procedimiento para la regularización de bienes inmuebles, adjudicación y titulación de derechos posesorios.
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Artículo 81. Todas las disposiciones que se refieran a la Comisión o Dirección Nacional de Reforma Agraria, al...
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