Ley De Bancos
DECRETO No. 697
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el desarrollo económico y social del país requiere un sistema financiero
confiable, solvente, moderno y competitivo que mediante los procesos de ahorro e
inversión contribuya al crecimiento y sostenibilidad de la economía nacional;
II. Que dados los procesos de apertura yglobalización de las economías, se requiere
contar con un sistema financiero que sea instrumento del desarrollo nacional y capaz
de insertase adecuadamente en los mercados financieros internacionales;
III. Que es necesario contar con un marco legal basado en principios internacionales de
regulación y supervisión bancaria para crear las condiciones favorables que propicien
un sistema financiero sólido ycompetitivo, integrado a los mercados globalizados;
IV. Que el establecimiento de mecanismos de supervisión consolidada de acuerdo a
las prácticas internacionales son necesarias para vigilar adecuadamente a los grupos
financieros y proteger los depósitos del público.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por
medio del Ministro deEconomía y de los Diputados Juan Duch Martínez, Rubén Ignacio
Zamora, Mercedes Gloria Salguero Gross, Gerson Martínez, José Antonio Almendáriz, Ronal
Umaña, Roberto Serrano Alfaro, Kirio Waldo Salgado Mina, Juan Ramón Medrano Guzmán,
Isidro Antonio Caballero Caballero, Norman Noel Quijano, Norma Fidelia Guevara de Ramirios,
Elizardo González Lovo, Donal Ricardo Calderón Lam, Julio AlfredoSamayoa, Guillermo
Welman y Héctor Córdova,
DECRETA la siguiente:
LEY DE BANCOS
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
CAPITULO ÚNICO
Objeto y alcance de la Ley
Art. 1.- La presente ley tiene por objeto regular la función de Intermediación Financiera y las
otras operaciones realizadas por los bancos, propiciando que éstos brinden a la población un
servicio transparente, confiable y ágil,que contribuya al desarrollo del país.
En las materias no previstas en la presente Ley, en la Ley Orgánica del Banco Central de
Reserva de El Salvador; en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero, en
la Ley de Privatización de Bancos Comerciales y de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, en
la Ley del Mercado de Valores, en la Ley Orgánica de la Superintendencia de Valoresy en la
Ley de Saneamiento y Fortalecimiento de Bancos Comerciales y Asociaciones de Ahorro y
Préstamo; los bancos se regirán por las disposiciones del Código de Comercio y demás Leyes
de la República, en lo que fueren aplicables.
Las entidades Financieras no Bancarias supervisadas por la Superintendencia del Sistema
Financiero, operarán sobre la base de una ley especial que les regulará.En el texto de esta Ley, el Banco Central de Reserva de El Salvador se denominará: "El Banco
Central" y la Superintendencia del Sistema Financiero, "La Superintendencia".
Actividad Bancaria
Art. 2.- Para los propósitos de esta Ley, serán bancos aquellas instituciones que actúen de
manera habitual en el mercado financiero, haciendo llamamiento al público para obtener fondos
a través dedepósitos, la emisión y colocación de títulos valores o cualquier otra operación
pasiva, quedando obligados directamente a cubrir el principal, intereses y otros accesorios,
para su colocación en el público en operaciones activas.
Aplicación de Leyes de Creación
Art. 3.- Las instituciones financieras públicas o privadas, establecidas por sus leyes de
creación, continuarán rigiéndose por ellas en todolo que no contravenga a esta Ley.
Por la naturaleza de las operaciones que realiza el Banco Central, no se le aplicarán al mismo
las disposiciones de la presente Ley.
De igual modo, las mismas no se aplicarán al Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento
Financiero, salvo las disposiciones contenidas en el Capítulo II del Titulo Séptimo y el Artículo
74 de la presente Ley, las cuales sí les...
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