Ley de casinos
Artículo 3°
Se crea la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles como órgano desconcentrado del Ministerio de Hacienda con autonomía funcional y como rector de las actividades objetó de esta Ley. Artículo 4° El Directorio de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles estará integrado por cinco (5) miembros quienes actuarán en representación de: Uno (1) de la Presidencia de la República, quien lo presidirá; uno (1) del Ministerio de Relaciones Interiores; uno (1) del Consejo Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas. (CONACUID); uno (1) del Ministerio de Hacienda y uno (1) por el organismo rector del Turismo. Los integrantes de este Directorio deberán ser venezolanos, mayores de edad, de reconocida solvencia moral y profesional y están obligados a consignar los recaudos que señala el artículo 2° de la Ley de Registro de Antecedentes Penales. Artículo 5° El Directorio de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles una vez juramentado, requerirá para su constitución la presencia de por lo menos tres (3) de sus miembros, incluido el Presidente. Las decisiones del Directorio serán tomadas por mayoría simple. Cuándo el Directorio de la Comisión funcione con tres (3) de sus miembros, éstas deberán ser tomadas por unanimidad. Artículo 6° La Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Maquinas Traganíqueles tendrá a su cargo la autorización y el control de las actividades objeto de esta Ley. Sus decisiones agotan la vía administrativa y serán notificadas a los interesados. Contra las decisiones de la Comisión podrá interponerse recurso ContenciosoAdministrativo, dentro del término de sesenta (60) días continuos siguientes a la notificación o al vencimiento del lapso que tiene la Comisión para contestar, de conformidad con la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Artículo 7° Son funciones de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo Máquinas Traganíqueles:
1. Hacer cumplir las disposiciones contenidas en esta Ley y sus Reglamentos; 2. Expedir y renovar mediante resolución, las licencias previstas en esta Ley e imponer las sanciones de multa, ...
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