ley de comercio Ecuador
CÓDIGO DE COMERCIO
Título Preliminar
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles, y los actos y
contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.
Art. 2.-Son comerciantes los que, teniendo capacidad para contratar, hacen del comercio su profesión habitual.
Art. 3.- Son actos de comercio, ya de parte de todos los contratantes, ya de parte de alguno de ellos solamente:
1. La compra o permuta de cosas muebles, hecha con ánimo de revenderlas o permutarlas en la misma forma o en otra
distinta; y la reventa o permuta de estas mismas cosas. Pertenecen también a la jurisdicción mercantil las acciones contra
los agricultoresy criadores por la venta de los frutos de sus cosechas y ganados, mas no las intentadas contra los
comerciantes para el pago de lo que hubieran comprado para su uso y consumo particular, o para el de sus familias;
2.- La compra y la venta de un establecimiento de comercio, y de las acciones de una sociedad mercantil;
3. La comisión o mandato comercial;4. Las empresas de almacenes, tiendas, bazares, fondas, cafés y otros establecimientos semejantes;
5. El transporte por tierra, ríos o canales navegables, de mercaderías o de personas que ejerzan el comercio o viajen por
alguna operación de tráfico;
6. El depósito de mercaderías, las agencias de negocios mercantiles y las empresas de martillo;
7.- El seguro;8. Todo lo concerniente a letras de cambio o pagarés a la orden, aun entre no comerciantes; las remesas de dinero de una
plaza a otra, hechas en virtud de un contrato de cambio, y todo lo concerniente a libranzas entre comerciantes solamente, o
por actos de comercio de parte del que suscribe la libranza.
9.- Las operaciones de banco;
10. Las operaciones de correduría;
11.- Las operaciones de bolsa;12. Las operaciones de construcción y carena de naves, y la compra o venta de naves o de aparejos y vituallas;
13.- Las asociaciones de armadores;
14. Las expediciones, transportes, depósitos o consignaciones marítimas;
15. Los fletamentos, préstamos a la gruesa y más contratos concernientes al comercio marítimo; y,
16. Los hechos que producen obligación en los casos de averías, naufragios y salvamento.
Art. 4.- Las costumbres mercantiles suplen elsilencio de la Ley, cuando los hechos que las constituyen son uniformes,
públicos, generalmente ejecutados en la República, o en una determinada localidad y reiterados por más de diez años.
Art. 5.- En los casos que no estén especialmente resueltos por este Código se aplicarán las disposiciones del Código Civil.
Libro Primero
DE LOS COMERCIANTES Y AGENTES DE COMERCIO
Página 1 de 114Fiel Web 13.0 (www.fielweb.com) :: Ediciones Legales, 2013
Título I
DE LOS COMERCIANTES
Sección I
DE LAS PERSONAS CAPACES PARA EJERCER EL COMERCIO
Art. 6.- Toda persona que, según las disposiciones del Código Civil, tiene capacidad para contratar, la tiene igualmente
para ejercer el comercio.
Art. 7.- Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, no pueden comerciar:1o. Las corporaciones eclesiásticas, los religiosos y los clérigos.
2o. Los funcionarios públicos a quienes está prohibido ejercer el comercio por el Art. 242 (266) del Código Penal, salvo
las excepciones establecidas en el mismo artículo.
3o. Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación.
Art. 8.- Las personas que por las leyes comunes no tienen capacidad para contratar, tampoco la tienenpara ejecutar actos
de comercio, salvo las modificaciones que establecen los artículos siguientes.
Art. 9.- El menor emancipado, de uno u otro sexo, puede ejercer el comercio, y ejecutar eventualmente actos de comercio,
siempre que para ello fuere autorizado por su curador, bien interviniendo personalmente en el acto, o por escritura pública,...
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