Ley de Compañias
1. DE LA INACTIVIDAD
El Superintendente de Compañías, a petición de parte o de oficio, podrá declarar inactivas a las compañías sujetas a su control que no hubieren operado durante dos años consecutivos. Se presume esta inactividad cuando la compañía no hubiere cumplido, en tal lapso, con lo dispuesto en elartículo 20 de la Ley.
La resolución que declare la inactividad de una compañía será notificada al o a los representantes legales de ésta, mediante comunicación que enviará el secretario de la correspondiente oficina de la Superintendencia.
Si en el Registro de Sociedades de la Superintendencia de Compañías no constare la actual dirección domiciliaria de la compañía o el nombre del o de losrepresentantes legales en funciones, dicha entidad notificará la mencionada resolución, mediante publicación de su extracto, por una sola vez, en un diario de amplia circulación en el domicilio principal de la compañía.
Si transcurrido el término de treinta días desde la notificación persistiere la inactividad, el Superintendente podrá declarar disuelta a la compañía y ordenar su liquidación.
2. DE LADISOLUCIÓN
Las compañías se disuelven:
1. Por vencimiento del plazo de duración fijado en el contrato social;
2. Por traslado del domicilio principal a país extranjero;
3. Por auto de quiebra de la compañía, legalmente ejecutoriado;
4. Por acuerdo de los socios, tomado de conformidad con la Ley y el contrato social;
5. Por conclusión de las actividades para las cuales se formaron o porimposibilidad manifiesta de cumplir el fin social;
6. Por pérdidas del cincuenta por ciento o más del capital social o, cuando se trate de compañías de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta, por pérdida del total de las reservas y de la mitad o más del capital;
7. Por fusión a la que se refieren los artículos 337 y siguientes;
8. (Sustituido por el num. 3del Art. 68 de la Ley 2005-27, R.O. 196, 26-I-2006).- Por reducción del número de socios o accionistas del mínimo legal establecido, siempre que no se incorpore otro socio a formar parte de la compañía en el plazo de seis meses, a partir de cuyo vencimiento, si no se hubiere cubierto el mínimo legal, el socio o accionista que quedare empezará a ser solidariamente responsable por las obligacionessociales contraídas desde entonces, hasta la publicación de la correspondiente declaratoria de disolución;
9. Por incumplimiento, durante cinco años, de lo dispuesto por el artículo 20 de esta Ley;
10. Por no elevar el capital social a los mínimos establecidos en la Ley;
11. Por inobservancia o violación de la Ley, de sus reglamentos o de los estatutos de la compañía, que atenten contra sunormal funcionamiento o causen graves perjuicios a los intereses de los socios, accionistas o terceros;
12. Por obstaculizar o dificultar la labor de control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías o por incumplimiento de las resoluciones que ella expida; y,
13. Por cualquier otra causa determinada en la Ley o en el contrato social.
Son causas especiales de disolución para las compañías ennombre colectivo y en comandita simple:
1. Inhabilidad de uno de los socios para el ejercicio del comercio;
2. Hallarse uno o más de ellos sometido a concurso de acreedores; y,
3. Muerte de uno de los socios, salvo el pacto de continuación con los supervivientes o con los sucesores.
El pacto al que se refiere el inciso anterior debe figurar en el contrato social para que surta efecto entre lossocios, sus sucesores y respecto de terceros. Los sucesores podrán, individualmente, negarse a continuar en la compañía.
La exclusión o retiro de un socio, que se opere de conformidad con la Ley, no es causa de disolución, salvo que ello se hubiere pactado de modo expreso.
3. DE LA REACTIVACIÓN
Cualquiera que haya sido la causa de disolución, la compañía que se encuentre en proceso de...
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