ley de comuninades nativas y desarrollo agrario
Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva
DECRETO LEY Nº 22175
(*) De conformidad con la Primera Disposición Final y Transitoria del Decreto Legislativo N° 677, publicada el 07-10-1991, dispone que el régimen de participación de los trabajadores que norma, deroga los contenidos en el presente Dispositivo.
(**) De conformidad con el Artículo 2del Decreto Ley Nº 25891, publicada el 09-12-92, se transfiere las funciones y actividades comprendidas en el presente Decreto Ley a las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura del país
CONCORDANCIAS: D.S. Nº 002-79-AA
D.S.N° 003-79-AA (REGLAMENTO)
R.M. Nº 104-2001-PROMUDEH
R. Nº 157-2001-SUNARP-SN
R.LEG. Nº 26253
D.S. Nº 013-2001-PROMUDEH
D.S. Nº052-2001-AG
D.S. Nº 017-2002-AG
R.M. N° 0427-2002-AG
D.S. N° 028-2003-AG
R. N° 072-2004-SUNARP-SN
D.S. N° 035-2004-AG
R. N° 019-2005-INRENA-IANP, Art. 11 (Régimen especial de administración de reservas comunales)
D.S. N° 018-2006-AG (Reglamento de la Ley N° 28667, que declara la reversión de predios rústicos al dominio del Estado,
adjudicados a título oneroso, con finesagrarios, ocupados por Asentamientos Humanos)
D.S. N° 027-2007-PCM (Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional )
R.M. Nº 0191-2007- ED (Aprueban Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales 2007 - 2011, correspondientes al
Sector Educación)
D.S. Nº 025-2007-VIVIENDA (Aprueban Reglamentode Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -
COFOPRI)
D.S. Nº 012-2008-EM (Aprueban Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:Que, la aplicación del Decreto Ley 20653 “Ley de Comunidades Nativas y de Promoción Agropecuaria de las Regiones de Selva y Ceja de Selva” ha permitido un avance significativo en el objetivo de incorporar la colectividad nativa a la vida económica nacional en condiciones equitativas y dignas;
Que, no obstante, es conveniente perfeccionar este dispositivo legal incorporando en él criterios quepermitan optimizar la rentabilidad social, económica y ecológica del uso de la tierra y que determinen la expansión de las fronteras en la Selva y Ceja de Selva;
Que, por otra parte, el Plan de Gobierno Túpac Amaru, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-77-PM, contiene lineamientos de política expresamente referidos a las regiones de Selva y Ceja de Selva que, para su aplicación, deben estarconsignados en el ordenamiento legal vigente;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
LEY DE COMUNIDADES NATIVAS Y DE DESARROLLO AGRARIO DE LAS REGIONES DE SELVA Y CEJA DE SELVA
TITULO I
PRINCIPIOS BASICOS
Artículo 1.- La presente Ley tiene como finalidad establecer una estructuraagraria que contribuya al desarrollo integral de las regiones de Selva y Ceja de Selva, a fin de que su población alcance niveles de vida compatibles con la dignidad de la persona humana.
Artículo 2.- El Estado promoverá el desarrollo de las regiones de Selva y Ceja de Selva, mediante proyectos de asentamiento rural.
Artículo 3.- Se entiende por asentamiento rural el establecimientoorganizado de personas dedicadas al aprovechamiento integral e integrado de los recursos naturales renovables, mediante sistemas de producción que maximicen, la rentabilidad social, económica y ecológica y aseguren un adecuado acondicionamiento del territorio.
Los proyectos de asentamiento rural se ejecutarán de acuerdo a Planes Regionales de Desarrollo.
Artículo 4.- Los asentamientos rurales...
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