Ley De Conservacion Del Empleo
Unidad de Información Legislativa
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ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
MIÉRCOLES 30 de MARZO de 2016 No. 29 Tomo CCCIV
www.dca.gob.gt
Director General: Héctor Salvatierra
ORGANISMO LEGISLATIVO
EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DELA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 19-2016
Página 1
DECRETO NÚMERO 19-2016
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·EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 20-2016
ORGANISMO EJECUTIVO
CONSIDERANDO:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Que el Estado de Guatemala asumió en el año 201 O, el· compromiso de eliminar las
subvenciones prohibidas a la exportación porla Organización Mundial del Comercio, en
los programas de subvenciones notificados ante dicha organización, con las excepciones
establecidas en los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio, antes del 31 de
diciembre de 2015.
Texto del MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE
El FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES
UNIDAS Y El GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LACOOPERACIÓN SUR-SUR Y LA IMPLEMENTACIÓN
DE SU PLATAFORMA REGIONAL.
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PUBLICACIONES VARIAS
MUNICIPALIDAD DE MIXCO,
DEPARTAMENTO DE GUATEMALA
ACTA NÚMERO 42·2016 PUNTO CUARTO
CONSIDERANDO:
Que uno de los programas de subvenciones comunicado a la Organización Mundia1 del
Comercio, es el Decreto Número 29-89 del Congreso de la República, Ley de Fomento y
Desarrollo de la Actividad Exportadora yde Maquila, y Decreto Número 6&-89, Ley de
Zonas Francas, los cuales deben ser reformados en el sentido de lo notificado.
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COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESOLUCIÓN CNEE·52-2016
Página lO
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artfculo 171, literal a), y conforme a lo
establecido en los artfculos 118 y 119, todos de la Constitución Política de laRepública de
Guatemala,
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DECRETA:
ACUERDO NÚMERO 6-2016
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La siguiente:
ANUNCIOS VARIOS
- Matrimonios
- Disolución de Sociedad
Títulos Supletorios
-Edictos
-Remates
- Constituciones de Sociedad
-Modificaciones de Sociedad
Convocatorias
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LEY EMERGENTE PARA LA CONSERVACIÓN DEL EMPLEOTÍTULO 1
REFORMAS A LA LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
EXPORTADORA Y DE MAQUILA, DECRETO NÚMERO 29-89 DEL CONGRESO DE LA
REPÚBUCA
Artículo 1.
ATENCIÓN ANUNCIANTES:
Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro
América SE HACE CONFORME Al FORMULARIO
DEBIDAMENTE FIRMADO POR EL CLIENTE. Por lo
anterior, se ruega al público revisar cuidadosamente sus
textos.
Se reforma el articulo1, el cual queda asf:
"Artículo 1. La presente ley tiene por objeto promover, incentivar y
desarrollar en el territorio aduanero na~ional, las actividades a que se
dediquen personas individuales o jurídicas domiciliadas en el pais, que operen
dentro de los regimenes aduaneros, de confonnidad con esta Ley."
Congreso de la República
Unidad de Información Legislativa
2
Guatemala, MIÉRCOLES 30 demarzo 2016
Articulo 2.
DIARIO de CENTRO AMÉRICA
Se reforma el artículo 3, el cual queda asl:
"Artículo 3. Para fines de la presente Ley deberán atenderse las definiciones
que a continuación se indican:
a) Bienes industriales relacionados a la industria del vestuario y
textiles.
Se entiende por bienes industriales relacionados a la
industria de .vestuario y textiles, los que están incluidos enla sección
XI, relativa a materias textiles y sus manufacturas, que comprende los
capftulos del 50 al 63 del Sistema Armonizado, asi como aquellos
insumas clasificados en cualquier otro inciso del Sistema Annonizado,
los cuales deberán ser descritos por incisos arancelarios en la
resolución de calificación emitida y notificada por el Ministerio de
Economra, asr como los seTVicios y bienes...
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