Ley de contrataciones
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Artículo 30o.- La presentación de propuestas y el otorgamiento de la Buena Pro en los procesos deLicitación o Concurso Público se realizará en acto público en una o más fechas señaladas en la convocatoria, con presencia de Notario Público o Juez de Paz cuando en la localidad donde se efectúe no hubierael primero. Los procedimientos y requisitos de dicha presentación serán regulados por el Reglamento.
Este acto público podrá ser postergado por el Comité Especial, por causas debidamente sustentadas,dando aviso a todos los adquirentes de Bases.
Del acto de presentación de propuestas y de otorgamiento se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros del Comité Especial y por lospostores que deseen hacerlo.
En todos los procesos de selección sólo se considerarán como ofertas válidas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases.
Los resultadoscorrespondientes en los casos de Licitación o Concurso se publican, y en los demás se hacen de conocimiento por lo menos de los interesados.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Artículo 31o.- El métodode Evaluación y Calificación de Propuestas que será establecido en el Reglamento, debe objetivamente permitir una selección de la calidad y tecnología requeridas dentro de los plazos más convenientesy al mejor costo total.
El método deberá exigir la presentación de los documentos estrictamente necesarios, por parte de los postores.
El Reglamento establecerá los criterios, el sistema y losfactores aplicables para cada tipo de bien, servicio u obra a adquirirse o contratarse.
PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO.
Artículo 32o.- El Comité Especial declarará desierta una Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa cuando quede válida una única oferta, salvo que se trate de un proceso de adquisición de bienes que por la naturaleza de su comercialización tienen un precio...
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