Ley De Contrato De Trabajo. Accidentes y Enfermedades Inculpables.

Páginas: 9 (2176 palabras) Publicado: 17 de julio de 2011
Ley de Contrato de Trabajo. Suspensión de ciertos efectos del Contrato de Trabajo.

Accidentes y Enfermedades Inculpables.

Plazo, Remuneración (Art. 208): en caso de accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectara el derecho del trabajador de a percibir su remuneración n durante un periodo de tres meses, en caso de que su antigüedad fuera menor a cincoaños, y de seis meses en caso de que la misma fuera mayor a cinco años. En los casos que el trabajador tuviere carga de familia y por las mismas circunstancias se encontrará impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. Larecidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, salvo que se manifestara transcurridos los dos (2) años. La remuneración que en estos casos corresponda abonar al trabajador se liquidará conforme a la que perciba en el momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría por aplicación de unanorma legal, convención colectiva de trabajo o decisión del empleador. Si el salario estuviere integrado por remuneraciones variables, se liquidará en cuanto a esta parte según el promedio de lo percibido en el último semestre de prestación de servicios, no pudiendo, en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiese percibido de no haberse operadoel impedimento. Las prestaciones en especie que el trabajador dejare de percibir como consecuencia del accidente o enfermedad serán valorizadas adecuadamente.
La suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuesta por el empleador no afectará el derecho del trabajador a percibir la remuneración por los plazos previstos, sea que aquélla se dispusiera estando el trabajador enfermo oaccidentado, o que estas circunstancias fuesen sobrevinientes.
Aviso al empleador (Art. 209):El trabajador, salvo casos de fuerza mayor, deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, en el transcurso de la primera jornada de trabajo, respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir por alguna de esas causas. Mientras no lo haga, perderá el derecho a percibir laremuneración correspondiente salvo que la existencia de la enfermedad o accidente, teniendo en consideración su carácter y gravedad, resulte luego inequívocamente acreditada.
Control (Art. 210): El trabajador está obligado a someterse al control que se efectúe por el facultativo designado por el empleador.
Conservación del empleo (Art. 211): Vencidos los plazos de interrupción del trabajo porcausa de accidente o enfermedad inculpable, si el trabajador no estuviera en condiciones de volver a su empleo, el empleador deberá conservárselo durante el plazo de un (1) año, contado desde el vencimiento de aquéllos. Vencido dicho plazo, la relación de empleo subsistirá hasta tanto alguna de las partes decida y notifique a la otra su voluntad de rescindirla. La extinción del contrato de trabajoen tal forma, exime a las partes de responsabilidad indemnizatoria.
Reincorporación (Art. 212): Vigente el plazo de conservación del empleo, si el accidente o enfermedad resultase una disminución definitiva en la capacidad laboral del trabajador y éste no estuviera en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumplía, el empleador deberá asignarle otras que pueda ejecutar sindisminución de su remuneración.
Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligación por causa que no le fuera imputable, deberá abonar al trabajador una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de la LCT.
Si estando en condiciones de hacerlo no le asignare tareas compatibles con la aptitud física o psíquica del trabajador, estará obligado a abonarle una indemnización igual a la...
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