ley de contratonde trabajo
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º. La presente Ley determina con carácter general los derechos y obligaciones emergentes del trabajo, con excepción del agrícola, que será objeto de disposición especial.
Se aplica también a las explotaciones del Estado y cualquiera asociación pública o privada, aunque no persiga fines de lucro, salvo las excepciones que se determinan.
ARTÍCULO 3º. En ninguna empresa o establecimiento el número de trabajadores
extranjeros podrá exceder del 15 por ciento del total y comprenderá exclusivamente a
técnicos.
El personal femenino tampoco podrá pasar del 45% en las empresas o establecimientos
que, por su índole, no requieren usar el trabajo de éstas en una mayor proporción. Se requiere ser de nacionalidad boliviana para desempeñar las funciones de Director,
Administrador, Consejero y Representante en las instituciones del Estado, y en las particulares cuya actividad se relacione directamente con los intereses del Estado,
particularmente en el orden económico y financiero.
Ley General del Trabajo de Bolivia
TITULO II
DEL CONTRATO DE TRABAJO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 5º. EI contrato de trabajo es individual o colectivo, según que se pacte entre un
patrono o grupo de patronos y un empleado u obrero, o entre un patrono o asociación de patronos y un sindicato federación o confederación de sindicatos de trabajadores.
Conc.Art. 5º. y siguientes del D. Reglamentario de la L.G.T.; y con el Art. 157 de la
Constitución Política del Estado.
ARTICULO 6º. El contrato de trabajo puede celebrarse verbalmente o por escrito, y su
existencia se acreditará por todos los medios legales de prueba. Constituye la ley de las partes siempre que haya sido legalmente constituido, y a falta de estipulación expresa, será
interpretado por los usos y costumbres de la localidad.
Conc. Art. 6º. del D. Reglamentario de la L.G. T.
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