Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California Sur
PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
H. Congreso del Estado de Baja California Sur
Ultima Reforma BO.54
31-12-2006
Oficialía Mayor
Departamento de Apoyo Parlamentario
LEY DE DESARROLLO URBANO
PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 22 de Julio de 1994
TEXTO VIGENTE
Última reformapublicada BO 31-12-2006
Al margen un sello con el Escudo del Estado de Baja California Sur, al calce dice: EJECUTIVO.
NARCISO AGÚNDEZ MONTAÑO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
SUR, A SUS HABITANTES HACE SABER:
QUE EL H. CONGRESO DEL ESTADO, SE HA SERVIDO DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
DECRETO No. 999
LEY DE DESARROLLO URBANO PARA EL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
TITULO PRIMEROCAPITULO UNICO
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.-Las disposiciones de esta Ley y los planes y programas de Desarrollo Urbano son de orden
público e interés social, y tienen por objeto:
I.- Ordenar y regular los Asentamientos Humanos en el Estado de Baja California Sur.
II.- Establecer la concurrencia del Estado y de los Municipios para la ordenación y regulación de los
Asentamientos Humanos, así como loslineamientos conforme a los cuales ejercerán sus atribuciones en
materia de Desarrollo Urbano.
III.- Fijar las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial de los Asentamientos
Humanos, y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
IV.- Fijar las normas básicas para planear, reglamentar, autorizar, controlar y vigilar la urbanización deáreas
y predios, así como la edificación en los mismos.
V.- Definir los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios que
regulen la propiedad en los centros de población.
VI.- Establecer las bases para la participación social en materia de Asentamientos Humanos.
ARTÍCULO 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I.- ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL:Las dependencias y entidades a las que se refiere el artículo 2
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal;
II.- ASENTAMIENTOS HUMANOS: El establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de
sus sistemas de convivencia, en una área físicamente localizada, considerando dentro de la misma los
elementos naturales y las obras materiales que lo integran.
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LEY DE DESARROLLOURBANO
PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
H. Congreso del Estado de Baja California Sur
Ultima Reforma BO.54
31-12-2006
Oficialía Mayor
Departamento de Apoyo Parlamentario
III.- CENTROS DE POBLACIÓN: Las áreas constituidas por las zonas urbanizadas, las que se reserven
para su expansión y las que se consideren no urbanizables, por causas de preservación ecológica,
prevención de riesgos ymantenimiento de actividades productivas dentro de los limites de dichos centros;
así como las que por resolución de la autoridad competente se provean para la fundación de los mismos.
IV.- LÍMITES CENTROS DE POBLACIÓN : EL ámbito territorial de validez jurídica del programa o plan de
desarrollo urbano del centro de población dentro del cual las autoridades del municipio, de la entidad
federativa yde la federación ejercerán en forma conveniente y coordinada en la esfera de sus respectivas
competencias, sus atribuciones para la planeación y regulación de la fundación, conservación, mejoramiento
y crecimiento de un centro de población, conformándose esta de las delimitaciones de tres áreas:
1.- Area urbana actual.
2.- Area de reserva.
3.- Preservación ecológica.
V.- A S I G N A C I O N E S:Acciones tendientes a señalar los fines públicos y particulares a que se prevea
dedicar determinadas zonas o predios de un centro de población, así como las áreas para su futuro
crecimiento, con el fin de regular y ordenar la fundación, conservación y crecimiento de los centros de
población.
VI.- CONURBACION: La continuidad física y demográfica que conformen o tiendan a formar dos o más
centros...
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